viernes, 12 de agosto de 2016

NORMAS COVENIN SOBRE ESTABLECIMIENTO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO.

POR ISRAEL LUZARDO


NORMA VENEZOLANA
COVENIN 2030 - 87
CLASIFICACION DE
EMPRESAS DE
ALOJAMIENTO TURÍSTICO

A los efectos de esta Norma, se define como:
1.6EMPRESA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO
Es todo aquel establecimiento que presta al público, un servicio para hospedarse en forma temporal, que funcione en una edificación construida o acondicionada para tal fin, ocupando la totalidad del inmueble o parte del mismo, conformando sus dependencias un todo unitario, sin mezcla de otros usos no cónsonos con su naturaleza.
2.6TIPO DE ESTABLECIMIENTO
De acuerdo a los diferentes tipos de establecimientos de alojamiento turístico, se definen de la siguiente manera:
3.2.1Hotel Hotel Hotel Hotel Hotel Hotel (H)
Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo al huésped servicios básicos y complementarios, según su categoría y modalidad; siendo su tarifa de alojamiento diaria por tipo de habitación y número de ocupantes.
3.2.2Hotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel Residencia Hotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel ResidenciaHotel Residencia (HR)
Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en apartamentos o cabañas, ofreciendo al huésped un mínimo de servicios básicos y complementarios según su categoría y modalidad; siendo sus tarifas de alojamiento diarias y especiales para estancias
prolongadas, no inferiores a un mes, por tipo de apartamento o cabaña y número de ocupantes.
3.2.3Motel Motel MotelMotel (M)
Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo al huésped servicios básicos y complementarios según su categoría y modalidad. Ubicados generalmente en las proximidades de las vías automotoras, fuera de las zonas urbanas, con estacionamiento contiguo o próximo a las unidades habitacionales y cuya disposición de planta física permita a los huéspedes el acceso individual, principal y directo a sus habitaciones, desde el área de estacionamiento; Siendo sus tarifas de alojamiento diario por tipo de habitación y número de ocupantes.
3.2.4Pensión PensiónPensiónPensiónPensiónPensiónPensión (Pe)
Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones, con servicio sanitario privado ido común o colectivo. Por requerimiento del huésped se ofrece servicio de alimentación bajo el régimen completo o medio; siendo su tarifa de alojamiento periódica - diaria, semanal, quincenal o mensual e incluirá en cada caso, el valor por el régimen de comidas convenido con el huésped.
3.2.5HospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedajeHospedaje (Hp)
Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones privadas y/o comunes o colectivas con servicio sanitario privado y/o común o colectivo. No ofrece servicio de alimentación, pero si un mínimo de servicios básicos, siendo su tarifa de alojamiento periódica - diaria, semanal, quincenal o mensual por tipo de habitación o por cama.

3.2.6Establecimiento Especial Establecimiento Especial Establecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento Especial Establecimiento EspecialEstablecimiento Especial Establecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento EspecialEstablecimiento (EE)
Aquel establecimiento integrante del Sistema Turístico Nacional que preste en forma periódica o permanente el servicio de alojamiento cuyas características y condiciones de las instalaciones son diferentes a las anteriormente mencionadas.
3.6MODALIDAD DEL ESTABLECIMIENTO
Al conjunto de características arquitectónicas, de instalaciones equipo y de servicio, que debe reunir un establecimiento de alojamiento turístico, a fin de determinar la imagen de venta al público.
4.6HABITACION SENCILLA
Es aquella dotada de una sola cama individual y que pueda permitir la incorporación de una cama adicional individual.
3.5HABITACION DOBLE
Es aquella dotada de dos camas individuales o una cama matrimonial y que pueda permitir la incorporación de una cama adicional individual.
5.6HABITACION COLECTIVA O COMUN
Es aquella dotada de un mínimo de tres camas y un máximo de seis camas individuales.
3.7HABITACION SUITE
Es aquella que consta, por lo menos, de dos áreas claramente diferenciadas: una habitacional doble y una zona social (estar) equipada para alojar dos personas adicionales en dos camas individuales o una matrimonial, con una sola puerta de acceso desde el pasillo principal.
3.8CABAÑA
Unidad habitacional con características propias generalmente aislada de los servicios principales del establecimiento pero formando parte integral de él; conformada por un solo ambiente, una o dos habitaciones con sus respectivos servicios sanitarios, estar-comedor, cocinilla, refrigerado y armario empotrado (closet).
3.9APARTAMENTO
Unidad habitacional conformada por un solo ambiente, una o dos habitaciones, con sus respectivos servicios sanitarios, estar-comedor, cocinilla, refrigerador y armario empotrado (closet).
3.10OCUPACION SENCILLA
Es la utilización individual por un huésped de la unidad habitacional.
3.11OCUPACION DOBLE
Es la utilización de un mínimo de dos huéspedes de la unidad habitacional.
3.12DIA HOTELERO
Lapso comprendido entre las tres de la tarde (03 pm.) de un día y las tres de la tarde (03 pm.) del día siguiente.
3.13PLAN HOTELERO EUROPEO
Es aquel que incluye el servicio de alojamiento únicamente.
3.14PLAN HOTELERO CONTINENTAL
Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y desayuno.
3.15PLAN HOTELERO AMERICANO
Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y las tres (3) comidas.
3.15.1Americano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano Modificado Americano ModificadoAmericano ModificadoAmericano Modificado Americano ModificadoAmericano ModificadoAmericano ModificadoAmericano Modificado
Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y una (1) de las comidas.
3.16RANGO DE PRECIO
Son los valores comprendidos entre el mínimo y el máximo inclusive a que estarán sujetos los establecimientos de alojamiento turístico en el país.
3.17AREA BRUTA DE CONSTRUCCION POR HABITACION (AB)
Es la que comprende la sumatoria de las áreas habitacionales, de servicio, administrativas, sociales y otras, que se exigen en los índices arquitectónicos por categoría.
3.18VALOR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCION POR CATEGORIA (Vm2C)
Es aquel representado por el valor en bolívares de cada metro cuadrado de construcción por categoría.
3.19INDICE DE UBICACIÓN (IU)
Es aquel representado por el valor diferencial de la inversión total por habitación en las distintas regiones del país, tomando en consideración la inversión realizada, la ubicación geográfica, el tipo y la categoría.
3.20PRECIO MAXIMO (P. MAX.)
Es el precio máximo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa.
3.21PRECIO MINIMO (P. MIN.)
Es el precio mínimo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa.
3.22TAMAÑO DEL RANGO (TR)
Es la diferencia entre el precio mínimo y el máximo establecido y que será del 40 por 100.
3.23INDICE DE RENDIMIENTO (IR)
Es el rendimiento de la inversión total por habitación, tomando en consideración el gasto operativo, de tal manera que los valores fijados como rango permitan una adecuada y razonable rentabilidad para la recuperación de la inversión.
4 CLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACION CLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACIONCLASIFICACION
Todo establecimiento de alojamiento turístico se clasificará de la siguiente manera:
4.11DE ACUERDO A SU TIPO
4.1.1Hotel
4.1.2Hotel Residencia
4.1.3Motel
4.1.4Pensión
4.1.5Hospedaje
4.1.6Establecimientos Especiales
4.2DE ACUERDO A SU CATEGORIA
4.2.1Hoteles de una (1) a cinco (5) estrellas (*)
4.2.2Hoteles Residencia de una (1) a tres (3) estrellas (*)
4.2.3Moteles de una (1) a tres (3) estrellas (*)
4.2.4Pensiones de una (1) a dos (2) estrellas (*)
4.2.5Hospedajes de una (1) a dos (2) estrellas (*)
4.3DE ACUERDO A SU MODALIDAD
4.3.1Playa
4.3.2Selva
4.3.3Montaña
4.3.4Termal
4.3.5Urbano
4.3.6Llano
5 CONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALES CONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALESCONSIDERACIONES GENERALES
5.1PERMISOS
5.1.1Los promotores que aspiren a desarrollar proyectos de establecimientos de alojamiento turístico, deberán someter su solicitud permiso ante el organismo competente.
5.1.2Todo establecimiento de alojamiento turístico, deberá solicitar al organismo competente los permisos de construcción, habitabilidad turística y operación, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Norma.
5.1.3Los Anteproyectos y Proyectos, deberán estar firmados por profesionales colegiados en las respectivas especialidades.
5.1.4Las funciones de control e inspección de los establecimientos de alojamiento turístico las ejercerá el organismo competente y comprenderá:
a)Inspecciones de carácter técnico y habilitaduría turística.
b)Inspecciones de carácter y de servicio.
5.2MODALIDADES
5.2.1Todo establecimiento de alojamiento turístico, deberá determinar su modalidad.
5.2.2La modalidad de los establecimientos de alojamiento turístico, será determinada por los promotores, en base a tres elementos:
- Situación
- Estudios de mercado
- Imagen de venta al público
5.2.3A un establecimiento de alojamiento turístico le podrá corresponder una o más modalidades señaladas en esta Norma. Los establecimientos prestarán los servicios complementarios propios a su modalidad, según lo establecido a continuación:
5.3CARACTERISTICAS FISICAS
5.3.1Estacionamientos Estacionamientos EstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientosEstacionamientos EstacionamientosEstacionamientos
El número de puestos para estacionar vehículos en los establecimientos de alojamiento turístico guardará proporción con el número de sus unidades habitacionales, áreas sociales, comerciales y públicas; según su tipo, categoría y modalidad.
5.3.2AccesosAccesosAccesosAccesosAccesosAccesosAccesosAccesos
En los establecimientos de alojamiento turístico la entrada principal deberá ser de fácil acceso. Otros tipos de entrada serán exigidos de acuerdo a su tipo, categoría y modalidad.
5.3.3Zona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de RecepciónZona de Recepción
La zona de recepción, integrada por el vestíbulo, estar y recepción propiamente dicha, estará ubicada en la entrada principal y será el núcleo de enlace o de distribución de las diferentes áreas del establecimiento.
Su superficie y distribución estará en relación directa con la capacidad receptiva del establecimiento, su tipo y categoría.
5.3.4Ascensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y Pasillos Ascensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y Pasillos Ascensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y PasillosAscensores, Escaleras y Pasillos
En los establecimientos en los cuales el ascensor sea de uso obligatorio (Planta Baja más dos pisos), su ubicación deberá ser inmediata a la zona de recepción y entrada del establecimiento y cumplir con lo establecido en las Normas Venezolanas COVENIN N° 810-74 y COVENIN N° 621-72.
5.3.5Zona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios Públicos Zona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios Públicos Zona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios PúblicosZona de Servicios Públicos
5.3.5.1La superficie de la zona de servicios públicos deberá calcularse proporcionalmente al número de unidades habitacionales de que disponga el establecimiento, según su tipo, categoría y modalidad.
5.3.5.2En los establecimientos que presten servicio de restaurante, cafetería, fuente de soda y en general todas las dependencias que ofrezcan alimentación, deberán ser de fácil acceso al público y estar comunicadas directamente con la cocina principal o cocinas auxiliares.
5.3.5.3Los establecimientos de alojamiento turístico que presten los servicios de bares y discotecas, cualquiera que fuera su categoría, deberán estar aislados acústicamente.
5.3.6Servicios Generales
Servicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios GeneralesServicios Los servicios generales comprenden las zonas de descarga, montacargas (de acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 624-72), personal, depósitos, cocina, máquinas, mantenimiento y otros servicios; su tamaño dependerá tanto de las áreas de servicio como de la capacidad del establecimiento, tipo y categoría.
5.3.7AdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministración AdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministraciónAdministración
La zona de administración estará constituida por la dependencias necesarias para la Gerencia y Administración del establecimiento, funcionalmente relacionadas con las zonas de recepción y servicios.
El número y tipo de las dependencias de esta zona dependerá del tipo y categoría del establecimiento.
5.3.8Zona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona Habitacional Zona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona HabitacionalZona Habitacional
La zona habitacional comprenderá las unidades habitacionales con sus servicios sanitarios (privados, comunes o colectivos), servicios de piso (cuarto de camareras) y áreas de circulación; estarán conformadas según las exigencias del tipo y categoría.
5.3.9Capacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de AlojamientoCapacidad de Alojamiento Capacidad Alojamiento
La capacidad de alojamiento estará dada según la dimensión de la habitación de acuerdo a su tipo y categoría.
5.3.10Unidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionales Unidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionalesUnidades habitacionales
5.3.10.1El tamaño de la habitación dependerá del tipo y categoría del establecimiento y deberá estar diseñada de tal manera que permita situar cómodamente el mobiliario y equipo exigidos en esta Norma.
5.3.10.2De acuerdo a su tipo deberá contar con un número de habitaciones intercomunicadas, las cuales se calcularán según la categoría del establecimiento. Las puertas de intercomunicación deberán ser dobles y tendrán cerradura de doble acción.
5.3.10.3Todos los ambientes utilizados como habitación deberán tener ventana que abra hacia el exterior o hacia un patio de ventilación, nunca hacia un pasillo cerrado.
5.3.10.4En los establecimientos de alojamiento turístico el número de habitaciones sencillas, dobles, colectivas, suites, cabañas y apartamentos, deberá ser calculados en base al mercado del sitio o región y en todo caso deberá ofrecer una oferta habitacional diversificada.
5.3.10.5Las unidades habitacionales de los huéspedes se identificarán mediante números; la primera cifra identificará al piso, sector o zona, y las restantes, el número de la unidad habitacional, el cual deberá ser reseñado de igual manera en los planos de arquitectura, con el objeto de calcular fácilmente el número total de habitaciones del establecimiento.
5.3.10.6El ancho de los pasillos de acceso a las habitaciones será en función del tipo y categoría del establecimiento y del número de habitaciones que den a ellos, no permitiéndose que sobresalgan a ellos obstrucciones de ninguna naturaleza.
5.3.10.7La superficie de los sanitarios ubicados dentro o fuera de las habitaciones, será calculada según el tipo y categoría del establecimiento.
5.3.11Servicios Complementarios
Servicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios Complementarios Servicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios ComplementariosServicios 5.3.11.1Los establecimientos de alojamiento turístico podrán ofrecer servicios complementarios, que se consideren a fines y compatibles con los demás servicios que preste el establecimiento, de acuerdo a su tipo, categoría y modalidad.
5.3.11.2Las áreas de los servicios complementarios se calcularán de acuerdo a la capacidad del establecimiento y según su tipo, categoría y modalidad.
5.3.12Zonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y Jardines Zonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y JardinesZonas Verdes y Jardines
Serán exigidas según su tipo, categoría y modalidad, áreas para zonas verdes o jardines.
5.3.13Para Moteles
Para MotelesPara MotelesPara MotelesPara Moteles Para Moteles Para MotelesPara MotelesPara MotelesPara Todo establecimiento de alojamiento turístico, clasificado dentro del tipo Moteles, cualquiera sea su categoría, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
5.3.13.1En el exterior del motel, en su fachada y acceso principal, deberá indicarse la existencia o no de plazas libres.
Esta indicación se hará mediante carteles o avisos con caracteres luminosos o reflectantes, que permita su lectura sin dificultad desde la vía de acceso, incluso durante las horas nocturnas.
5.3.13.2Las unidades habitacionales podrán estar constituidas por una edificación independiente, o se integrarán en uno o más edificios, o bloques, pero cada habitación tendrá una entrada independiente desde el exterior. No podrán excederse los edificios de más de dos plantas.
5.3.13.3Las unidades habitacionales podrán diseñarse en forma tal que estén constituidas por cabañas aisladas o en conjunto, facilitando así el recibir grupos familiares.
5.3.13.4En el caso de que el vehículo se estacione frente al acceso de la habitación dormitorio, se deberá mantener un espacio de circulación. Estos pasillos estarán profusamente iluminados durante la noche.
5.4INSTALACIONES Y EQUIPOS
Todo establecimiento de alojamiento turístico deberá cumplir con las siguientes condiciones:
5.4.1.1Red de agua potable que garantice su potabilidad y su servicio permanente. De ser necesario deberá contar con capacidad de almacenamiento suficiente para dicho consumo.
5.4.1.2Red de cloacas para eliminación de aguas servidas. Cuando ésta no exista o resultare insuficiente, será obligatorio prever el sistema que corresponda según el caso; el vertido de las aguas residuales, tanto al mar, ríos y quebradas, así como a tierras de cualquier uso no podrá efectuarse sin previo tratamiento.
5.4.1.3La recolección de basura y su retiro por parte de instituciones públicas o privadas; se deberá efectuar en forma no visible para el público y se deben evitar los malos olores.
En el caso de no existir servicio oficial de recolección de basura; ésta se deberá efectuar con medios adecuados de retiro, transporte y eliminación.
5.4.1.4Las vías de acceso vehicular y estacionamiento deberán estar debidamente señaladas para garantizar la seguridad del tráfico automotor y peatonal.
5.4.1.5Red de energía eléctrica; según el tipo, categoría y modalidad se exigirá un generador de electricidad, o planta de emergencia, de acuerdo a los especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 200-81.
5.4.1.6Sistemas de prevención y protección de incendios de acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 823-74.
5.4.1.7Todas las dependencias deberán disponer de ventilación adecuada directa o forzada para una eficiente renovación del aire.
5.4.2Dotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y Materiales Dotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y Materiales Dotación y Materiales Dotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y MaterialesDotación y Materiales
5.4.2.1Las condiciones estéticas del mobiliario, equipo, vajilla, cubiertería, lencería y de los ambientes, para todo establecimiento de alojamiento turístico, deberán ser dadas por medio de materiales y acabados cónsonos con el tipo y categoría del mismo.
5.4.2.2Los pisos, paredes y techos estarán revestidos de materiales de fácil mantenimiento y limpieza, los cuales deberán ser incombustibles y resistentes, garantizando en caso de incendio, la no producción de gases tóxicos, de acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 1038-81.
5.4.2.3Evitar mediante aislamiento acústico, que los ruidos y vibraciones producidos por ascensores, hidroneumáticos y máquinas en general, puedan molestar a los huéspedes.
5.4.2.4Será obligatorio el aislamiento acústico en todas las habitaciones. Para los demás ambientes se exigirá según el tipo y categoría.
5.4.2.5Las dependencias de las áreas públicas sociales y de servicio, deberán dotarse con mobiliario y equipo que garantice la comodidad y confort de los huéspedes y visitantes.
5.4.2.6Para pensiones y hospedaje los sanitarios comunes o colectivos deberán ser diferenciados e identificados para uno u otro sexo y deberán ser diferenciados e identificados para uno u otro sexo y deberán estar dotados con:
-Lavamanos
-Urinarios
-Repisas
-Colgadores
-Iluminación general
-Punto de luz, tomacorrientes y espejos sobre el lavamanos
-Puertas en duchas y excusados
-Protector antirresbalante en duchas
-Jabón y papel higiénico
-Sistema seguro de cierre en las puertas
-En este caso, las toallas de mano y de baño, serán proporcionadas en las habitaciones de cada uno de los huéspedes.
-Cuando se utilicen vidrios en puertas de duchas o excusados éstos deben ser templados o de seguridad.
5.4.2.7Las puertas de las habitaciones deberán estar dotadas de cerradura cilíndrica y cadena de seguridad de una mirilla (ojo mágico) y cerradura hotelera, según el tipo y categoría del establecimiento de alojamiento turístico.
5.4.2.8En las habitaciones en cuya dotación básica se incluyen armarios empotrados (closets) éstos deberán contar con:
-Puertas
-Entrepaños
-Gavetas
-Perchas y ganchos para ropa
5.4.2.9En aquellos lugares donde haya abundancia de insectos (zancudos, moscas, cucarachas y otros), deberá protegerse a las ventanas y puertas que dan hacia el exterior de forma tal de impedir su acceso.
5.4.2.10Todas las dependencias de los establecimientos de alojamiento turístico deberán estar debidamente señaladas e identificadas.
5.4.3InstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalaciones InstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalacionesInstalaciones
Todo establecimiento de alojamiento turístico deberá cumplir con los siguientes requisitos para las instalaciones:
5.4.3.1El aire acondicionado será obligatorio en los ambientes que se especifiquen según el tipo y categoría, de acuerdo con los sistemas y técnicas que ofrezcan garantía suficiente de buen funcionamiento de acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 1299-78.
En el caso de instalarse aire acondicionado central, se deberán colocar controles independientes para su graduación en todas las dependencias de utilización general y, en el caso de unidades individuales, éstos deberán ser mantenidos de manera que garanticen su funcionamiento y que no originen ruidos molestos.
5.4.3.2En aquellos lugares donde se produzcan olores fuertes y desagradables, éstos deben ser eliminados a través de un sistema aprobado por autoridades competentes.
5.4.3.3Se deberá prever el área para tableros electrónicos, cuya magnitud dependerá de su tamaño y capacidad, de acuerdo a lo especificado en las Normas Venezolanas COVENIN N° 1568-80 y COVENIN N° 1631-80.
5.4.3.4Las cocinas tendrán siempre ventilación directa o forzada y dispondrán de instalaciones para la renovación del aire y extracción de humo.
5.4.3.5No se permite la circulación de aire de sanitarios a cocinas u otros sitios donde se preparen alimentos.
5.4.3.6En caso de no existir red de comunicación telefónica el establecimiento deberá prever, por algún otro sistema, la comunicación al resto del país.
5.4.3.7Se deberá prever la instalación de ante T.V. colectiva, de acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N° 200-81.
5.5DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Todo establecimiento turístico debe prestar los siguientes servicios:
5.5.1Servicio de Alojamiento
Servicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de AlojamientoServicio de Alojamiento Servicio 5.5.1.1Servicio de alojamiento a todo el que lo requiera sin discriminación de cualquier tipo, a menos que no haya habitaciones disponibles o por razones de higiene y seguridad.
5.5.1.2Podrán optar los establecimientos de alojamiento turístico por planes hoteleros: europeos, continental, americano o americano modificado. Para la aplicación obligatoria de cualquiera de estos planes, a excepción del europeo será necesario la autorización del organismo competente.
5.5.1.3Para Moteles
El servicio de alojamiento turístico será cancelado por el huésped al momento de su registro en la recepción, excepto previo acuerdo con la administración cuando pernocte más de una noche.
5.5.2Libre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre TránsitoLibre Tránsito Libre Tránsito
Libre tránsito de huéspedes para el acceso o salida del establecimiento a cualquier hora.
5.5.3Recursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos HumanosRecursos Humanos
5.5.3.1Recursos Humanos necesarios, debidamente adiestrados para prestar servicios que le correspondan, según la capacidad, categoría y modalidad.
5.5.3.2Recepción con personal de servicio las veinticuatro (24) horas del día y ofrecerán a los huéspedes los servicios de asistencia e información, llamadas y mensajes, reservaciones, correspondencia y teléfono.
5.5.3.3El personal de servicio de las diferentes dependencias deberá vestir uniforme adecuado al acometido que preste, según categoría y modalidad. El personal deberá distinguirse para su correcta presentación y deberá esmerarse en atender a la clientela con amabilidad, cortesía y hospitalidad.
5.5.3.4Para Moteles
Personal de seguridad suficiente durante las veinticuatro (24) horas del día, caseta de control para el acceso de los vehículos y cerca de protección en el perímetro de la instalación.
5.5.4Servicio a Minusválidos
Servicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a Minusválidos Servicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio a MinusválidosServicio Servicios y equipamiento para la atención a los minusválidos.
5.5.5Servicio de Seguros
Servicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de Seguros Servicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio de SegurosServicio Pólizas de seguro de accidentes personales para amparo de los huéspedes.
5.5.6Primeros Auxilios
Primeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros AuxiliosPrimeros Servicio permanente de primeros auxilios, que cubrirá tanto al personal del establecimiento como a los huéspedes.
5.5.7Servicio de Comedor y Desayuno
Servicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio de Comedor y DesayunoServicio Servicio de comedor y desayuno, si lo hubiere, será expedido diligentemente, tanto en el comedor u otro lugar adecuado, como en las habitaciones durante el horario fijado por el establecimiento, el cual deberá ser como mínimo de tres (3) horas consecutivas.
5.5.8Dotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las Camas Dotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las CamasDotación para las Camas
Dotarse las camas de sus respectivos elementos, tales como: colchón, almohadas, fundas, sábanas, cobijas y cubre-camas, los cuales deberán mantener en buenas condiciones de uso. Cualquiera de éstos elementos a excepciones de colchones y cubre-camas, se deberán proporcionar a petición del huésped, en forma extra.
5.5.9Servicio de la Habitación
Servicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la Habitación Servicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio de la HabitaciónServicio Cada habitación deberá prestar los siguientes servicios:
5.5.9.1Suficiente información sobre los servicios ofrecidos por el establecimiento, sus tarifas y el reglamento interno.
5.5.9.2Cambio de lencería y toallas de baño, cada vez que haya cambio de huésped y como mínimo cada segundo día de estancia.
5.5.9.3Aseo de las habitaciones y baños se deberá hacer diariamente.
5.5.9.4Servicio de cunas.
5.5.10Servicio de Lavandería
Servicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio de LavanderíaServicio Servicio de lavandería al huésped, según tipo y categoría.
5.5.11Servicio de Máquina Hielo
Servicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina Hielo Servicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio de Máquina HieloServicio Existencia de máquinas fabricadoras de hielo en cubitos, cuyo número y ubicación deberán estar de acuerdo al tipo y la categoría del establecimiento.
5.5.12Servicio de Mantenimiento
Servicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de Mantenimiento Servicio de MantenimientoServicio de Mantenimiento Servicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de MantenimientoServicio de Mantenimiento Servicio Todo establecimiento de alojamiento turístico, según su categoría deberá establecer un plan de mantenimiento preventivo y periódico, con el objeto de conservar un buen estado de uso y funcionamiento a los espacios, a la dotación, el equipo y al mobiliario.
6 REQUISITOSREQUISITOS REQUISITOSREQUISITOSREQUISITOS REQUISITOSREQUISITOSREQUISITOS
Con objeto de optar a una determinada clase en función de su tipo y categoría, la empresa de alojamiento turístico deberá cumplir a nivel de proyecto con los índices arquitectónicos establecidos en los cuadros correspondientes de acuerdo a su clasificación.
6.1HOTELES CINCO (5) ESTRELLAS (*****)
6.1.1ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos
1.2.1.3Estacionamiento. Comprenderán:
1.2.1.3.1Estacionamiento público, cuya capacidad estará en función, del número de habitaciones del establecimiento, de las áreas sociales y comerciales que lo conforman.
2.2.1.3.1Zona especial para el estacionamiento de taxis y autobuses de turismo.
3.2.1.3.1Estacionamiento para empleados gerenciales.
2.2.1.3Area cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros de entrada) suficiente para parqueo y circulación de vehículos.
1.2.1.3.1Una entrada principal
2.2.1.3.1Una entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la anterior, con relación y comunicación, directa con el monta-carga o ascensor de servicio.
3.2.1.3.1Escalera y ascensores públicos, según la capacidad de alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo y entrada principal.
4.2.1.3.1El Vestíbulo y Estar Principal (Lobby) conformado por:
-Salón con televisores a color.
-Salones de estar
-Teléfonos públicos con cabinas insonorizadas
-Sanitarios públicos para damas y caballeros
5.2.1.3.1La Recepción-Registro Caja conformada por:
-Mostrador de recepción e información
-Caja, separada de la recepción
-Mostrador especial para recepción de grupos
-Cajas de seguridad individuales
-Mostrador para Capitán de Botones
-Cuarto de equipaje con área de maleteros y carritos portamaletas.
-Oficina para el Gerente de turno, accesible al público.
3.2.1.3Dependencias de los Servicios Públicos. Comprenderán:
1.2.1.3.1Comedor principal
2.2.1.3.1Comedor diario
3.2.1.3.1Cafetería-Fuente de Soda con depósito
4.2.1.3.1Bar separado con depósito
5.2.1.3.1Discoteca o Club Nocturno (Nigth Club) con pista de baile, música en vivo y depósito.
6.2.1.3.1Sanitarios para dama y caballeros en cada una de las dependencias públicas.
6.1.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.1.1.4.1Oficinas de la Gerencia
6.1.1.4.2Oficinas para la Gerencias Departamentales
6.1.1.4.3Oficina de reservaciones y teles (anexa a la recepción).
6.1.1.4.4Sala para primeros auxilios. Deberá contar con el equipamiento necesario que permita la asistencia médica de urgencia.
6.1.1.4.5Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones. Su operación quedará fuera de la vista del público.
6.1.1.4.6Sanitarios para damas y caballeros.
6.1.1.5Dependencias de Servicios Generales. Comprenderán:
6.1.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.1.1.5.2Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de mercancías, control y báscula.
6.1.1.5.3Area de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.1.1.5.4Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.1.1.5.5Habitaciones para empleados según el caso, para damas y caballeros.
6.1.1.5.6Estar de empleados.
6.1.1.5.7Oficinas para los diferentes departamentos operacionales y administrativos.
6.1.1.5.8Zona de depósitos y almacenes varios
6.1.1.5.9Depósito de basura refrigerada
6.1.1.5.10Depósito de basura hermético
6.1.1.5.11Depósito de limpieza
6.1.1.5.12Ascensores de servicio-montacargas: deberá existir un sistema de circulación vertical de servicio, a través de montacargas y escaleras de servicio, los cuales deberán tener una relación directa con las dependencias de servicio y cocina.
6.1.1.5.13La circulación de servicio tanto horizontal como vertical, deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.1.1.5.14Las dependencias de la cocina serán:
-La zona de cocina principal comprenderá las cocinas calientes y frías, con sus áreas de preparación (carnes, pescado, mariscos, aves, legumbres, salsas y otros), de lavado de vajillas, ollas, de almacenamiento de los mismos, de cocción y de entrega; de repostería y panadería.
-La capacidad de la cocina principal estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
-Deberán existir cocinas auxiliares de apoyo, que sirvan a las dependencias de reuniones y banquetes, cuando éstas así lo requieran con un eficiente sistema de circulación vertical y horizontal.
-Un comedor para empleados ubicado próximo a la zona de cocina; su tamaño se calculará de acuerdo al número de empleados y turnos existentes.
-Los comedores (principal y diario) y las cocinas deberán estar separados por un pequeño cuarto con doble puerta, para el servicio de mesoneros, que impedirá el registro visual, hacia las cocinas.
-Oficina para el Jefe de cocina (Chef) en un espacio aparte, de la cocina.
-El servicio de habitación se deberá comunicar con los servicios de piso (cuarto de camareras), por medio de montacargas, montaplatos, escaleras o ascensores de servicio.
-Deberá existir un espacio adicional al área de servicio de habitaciones, que estará ocupado por los equipos utilizados para transportar los pedidos, (equipos rodantes).
-La despensa diaria comprenderá un depósito de alimentos, próximo a la cocina principal, el cual se abastecerá de la despensa general.
-Cuarto de aseo (limpieza).
6.1.1.5.15Las dependencias de Mantenimiento estarán conformadas por:
-Oficina del Jefe de Mantenimiento
-Depósito
-Talleres varios
6.1.1.6Zona Habitacional. Comprenderá:
6.1.1.6.1Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras públicas, en cada planta tipo.
6.1.1.6.2Las unidades habitacionales deberán estar conformadas por:
-Habitaciones sencillas
-Habitaciones dobles
-Habitaciones suites
6.1.1.6.3Las habitaciones deberán contar con baño privado y vestier incluyendo armario empotrado (closet).
6.1.1.6.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared; las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.1.1.6.5Cada habitación debe contar con un mínimo de:
-Camas (individuales o matrimonial)- Lámpara de mesa
-Cuatro (4) almohadas- Cuadros
-Dos (2) mesas de noche- Ceniceros
-Dos (2) porta-maletas- Papelera
-Dos (2) butacas
-Escritorio
-Peinadora con silla
-Mini bar
-Mesa
6.1.1.6.6El baño deberá tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica y deberán contar como mínimo con la siguiente dotación:
- Excusado- Equipo de:
- Bañera con ducha Costura
- Lavamanos limpieza para zapatos
- Bidet tocador
- Ducha manual higiene bucal
- Gabinetes higiene íntima
- Auxiliar del teléfono higiene corporal
- Dispensador de toallas faciales primeros auxilios
- Punto de electricidad indicando tensión
- Juego de toallas (3 tamaños/huésped) - Gorro de baño/huésped
- Bata de baño/huésped - Un para pantuflas/huésped
- Papelera
6.1.1.6.7Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire acondicionado, deberán estar ubicados cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar visible adecuado en la habitación.
6.1.1.6.8El servicio de piso (cuarto de camareras deberá contar con áreas apropiadas para lencerías, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia.
-Teléfonos internos
-Area para máquina fabricadora de hielo
-Excusado (W.C.) y lavamanos
-Depósito de camas adicionales
Esta área deberá tener una relación directa con la circulación de servicio.
6.1.1.7Servicios Complementarios. Comprenderán:
6.1.1.7.1Zona Comercial
-Local para venta de periódicos, revistas y otros servicios
-Local de artesanía
-Local para alquiler de automóviles sin chofer.
-Local para agencia de viajes y excursiones (información turística)
-Local varios
6.1.1.7.2Dependencias para reuniones y banquetes.
-Sala de usos múltiples subdivisibles
-Depósito para la sala de usos múltiples
-Vestíbulo para la sala de usos múltiples
-Sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias.
-Depósito para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Vestíbulo para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
6.1.1.7.3Lavandería. Comprenderá:
-Area de lavado, secado, planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina de Ama de Llaves
-Cuarto de costura
-Depósitos
Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencia.
6.1.1.7.4Piscina y Servicios Anexos. Comprenderán:
-Piscina para adultos y otra para niños, o una sola debidamente diferenciada.
-Entrada de bañistas hacia el hotel, la cual conducirá directamente al núcleo de circulación vertical o hacia las habitaciones.
-Sanitarios-vestuarios próximos a la piscina, para damas y caballeros.
6.1.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Prestar los siguiente servicios:
6.1.2.1Recepción permanente atendida con personal experto y trilingüe (castellano, inglés y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del día.
6.1.2.2Información permanente en el mostrador con relación a espectáculos, giras, lugares de recreación, sitios de interés turístico, horario de transporte, reservaciones de hoteles y transporte; todo ello sin recargo adicional.
6.1.2.3Servicio de custodia de valores.
6.1.2.4Portero exterior dieciséis (16) horas diarias por lo menos.
6.1.2.5Servicio de taxi las veinticuatro (24) horas del día
6.1.2.6Encargado de equipaje por turno y un número suficiente de botones, acordes con el movimiento del establecimiento, deberán estar en servicio las veinticuatro (24) horas del día.
6.1.2.7Servicio de teles las veinticuatro (24) horas del día y servicios secretariales y correspondencia durante doce (12) horas del día.
6.1.2.8Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.1.2.9Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.1.2.10Servicio médico las veinticuatro (24) horas del día
6.1.2.11Servicio de niñeras las veinticuatro (24) horas del día, previamente contratado por el huésped.
6.1.2.12Servicio de la Cafetería-Fuente de Soda, dieciséis (16) horas diarias (desayuno, almuerzo y cena).
6.1.2.13Comedores los cuales deberán prestar servicio por lo menos tres (3) horas para el almuerzo y para la cena.
6.1.2.14Cartas y menú del servicio de comestibles y bebidas, ofrecidos impresos en castellano, inglés y otro idioma.
6.1.2.15Servicios de bar, sin perjuicio de ser proporcionado en este recinto, deberá ofrecerse en otros, tales como sala de estar, comedor, sala de usos múltiples, áreas exteriores y salas de juego, si las hubiesen.
6.1.2.16Barman, metre del hotel y capitanes de bares y comedores bilingües (castellano y otro idioma).
6.1.2.17Servicio de alimentos y bebidas a las habitaciones (room service) las veinticuatro (24) horas del día.
6.1.2.18Servicio de Prensa diaria en las habitaciones.
6.1.2.19Máquina fabricadora de hielo en cada piso.
6.1.2.20Cambio de lencería y toallas en las habitaciones diariamente y cuando se produzca un cambio de huésped.
6.1.2.21Preparación de cama cada noche en las habitaciones ocupadas.
6.1.2.22Proveerse de hielo y agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.1.2.23T.V. a color, tres canales de video (uno en inglés) ambiente musical y radio en todas las habitaciones.
6.1.2.24Teléfono con servicio automático para llamadas internas, externas e internacionales, con auxiliares en el baño.
6.1.2.25Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones, durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.1.2.26Servicio de lavandería, planchado y costura para la ropa de los huéspedes, durante seis (6) días a la semana y dieciséis (16) horas diarias por lo menos.
6.1.2.27Servicio rápido de lavado y planchado con entrega a las cuatro (4) horas como máximo.
6.1.2.28El horario de funcionamiento de la piscina, deberá disponer de salvavidas, durante las horas en que esté en funcionamiento la misma.
6.1.2.29Servicio de piscina, deberá disponer de salvavidas, durante las horas en que esté en funcionamiento la misma.
6.1.2.30Servicio de alimentación y bebida cercano a la piscina.
6.1.2.31Servicio para proyecciones audiovisuales, espectáculos diversos y traducción simultánea, en la sala de usos múltiples.
6.1.2.32Proveerse de equipo de escritorio (papelería, bolígrafo y texto de literatura bolivariano) en habitación.
6.2HOTELES CUATRO (4) ESTRELLAS (****)
6.2.1ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos
6.2.1.1Estacionamiento. Comprenderá:
6.2.1.1.1Estacionamiento público: cuya capacidad estará en función del número de habitaciones del establecimiento, así como de las áreas sociales y comerciales.
6.2.1.1.2Zona especial para el estacionamiento de taxis y autobuses de turismo.
6.2.1.1.3Estacionamiento para empleados gerenciales.
6.2.1.1.4Area cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros de entrada) suficiente para parqueo y circulación de vehículos.
6.2.1.2Zona de Recepción. Comprenderá:
6.2.1.2.1Una entrada principal
6.2.1.2.2Una entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la anterior, con relación y comunicación, directa con el monta-carga o ascensor de servicio.
6.2.1.2.3Escalera y ascensores públicos, según la capacidad de alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo y entrada principal.
6.2.1.2.4El vestíbulo y Estar Principal (Lobby) conformado por:
- Salón con televisores a color.
- Salones de estar
- Teléfonos públicos con cabinas insonorizadas
- Sanitarios públicos para damas y caballeros
6.2.1.2.5 La Recepción-Registro Caja conformada por:
-Mostrador de recepción e información
-Caja, separada de la recepción
-Mostrador especial para recepción de grupos
-Cajas de seguridad individuales
-Mostrador para Capitán de Botones
-Cuarto de equipaje con área de maleteros y carritos portamaletas.
-Escritorio para Gerente de turno, accesible al público.
4.2.1.3Dependencias de los Servicios Públicos. Comprenderán:
1.2.1.3.1Comedor principal
6.2.1.3.2Comedor diario
6.2.1.3.3Cafetería-Fuente de Soda con depósito
6.2.1.3.4Bar separado con depósito
6.2.1.3.5Sanitarios para dama y caballeros en cada una de las dependencias públicas.
6.1.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.1.2.4.1Oficinas de la Gerencia
6.1.2.4.2Oficinas para la Gerencias Departamentales
6.1.2.4.3Oficina de reservaciones y teles (anexa a la recepción).
6.1.2.4.4Sala para primeros auxilios. Deberá contar con el equipamiento necesario que permita la asistencia médica de urgencia.
6.1.2.4.5Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones. Su operación quedará fuera de la vista del público.
6.1.2.4.6Sanitarios para damas y caballeros.
6.1.2.5Dependencias de Servicios Generales. Comprenderán:
6.1.2.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.1.2.5.2Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de mercancías, control y báscula.
6.1.2.5.3Area de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.1.2.5.4Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.1.2.5.5Habitaciones para empleados según el caso, para damas y caballeros.
6.1.2.5.6Estar de empleados.
6.1.2.5.7Oficinas para los diferentes departamentos operacionales y administrativos.
6.1.2.5.8Zona de depósitos y almacenes varios
6.1.2.5.9Depósito de basura refrigerada
6.1.2.5.10Depósito de basura hermético
6.1.2.5.11Depósito de limpieza
6.1.2.5.12Ascensores de servicio-montacargas: deberá existir un sistema de circulación vertical de servicio, a través de montacargas y escaleras de servicio, los cuales deberán tener una relación directa con las dependencias de servicio y cocina.
6.1.2.5.13La circulación de servicio tanto horizontal como vertical, deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.1.2.5.14Las dependencias de la cocina serán:
-La zona de cocina principal comprenderá las cocinas calientes y frías, con sus áreas de preparación (carnes, pescado, mariscos, aves, legumbres, salsas y otros), de lavado de vajillas, ollas, de almacenamiento de los mismos, de cocción y de entrega; de repostería y panadería.
-La capacidad de la cocina principal estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
-Deberán existir cocinas auxiliares de apoyo, que sirvan a las dependencias de reuniones y banquetes, cuando éstas así lo requieran con un eficiente sistema de circulación vertical y horizontal.
-Un comedor para empleados ubicado próximo a la zona de cocina; su tamaño se calculará de acuerdo al número de empleados y turnos existentes.
-Los comedores (principal y diario) y las cocinas deberán estar separados por un pequeño cuarto con doble puerta, para el servicio de mesoneros, que impedirá el registro visual, hacia las cocinas.
-Oficina para el Jefe de cocina (Chef) en un espacio aparte, de la cocina.
-El servicio de habitación se deberá comunicar con los servicios de piso (cuarto de camareras), por medio de montacargas, montaplatos, escaleras o ascensores de servicio.
-Deberá existir un espacio adicional al área de servicio de habitaciones, que estará ocupado por los equipos utilizados para transportar los pedidos.
-La despensa diaria comprenderá un depósito de alimentos, próximo a la cocina principal, el cual se abastecerá de la despensa general.
-Cuarto de aseo (limpieza).
6.1.2.5.15Las dependencias de Mantenimiento estarán conformadas por:
-Oficina del Jefe de Mantenimiento
-Depósito
-Talleres varios
6.1.2.6Zona Habitacional. Comprenderá:
6.1.2.6.1Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras públicas, en cada planta tipo.
6.1.2.6.2Las unidades habitacionales deberán estar conformadas por:
-Habitaciones sencillas
-Habitaciones dobles
-Habitaciones suites
6.1.2.6.3Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.1.2.6.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared; las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.1.2.6.5Cada habitación debe contar con un mínimo de:
-Camas (individuales o matrimonial)- Lámpara de mesa
-Cuatro (4) almohadas- Cuadros
-Dos (2) mesas de noche- Ceniceros
-Dos (2) porta-maletas- Papelera
-Butaca
-Escritorio-Peinadora con silla
-Mesa con lámpara
6.1.2.6.6El baño deberá tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica y deberán contar como mínimo con la siguiente dotación:
-Excusado
-Bañera con ducha
-Lavamanos
-Bidet
-Ducha manual
- Gabinetes
-Dispensador de toallas faciales
- Punto de electricidad indicando su tensión
6.1.2.6.7Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire acondicionado, deberán estar ubicados cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar del dormitorio.
6.1.2.6.8El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con áreas apropiadas para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia.
-Teléfonos internos
-Máquina fabricadora de hielo
-Depósito de camas adicionales
Esta área deberá tener una relación directa con la circulación de servicio.
6.1.2.7Servicios Complementarios. Comprenderán:
6.1.2.7.1Zona Comercial
-Local para venta de periódicos, revistas y otros servicios
-Local para peluquería y barbería
-Local de artesanía
-Local para agencia de viajes y excursiones (información turística)
-Local varios
6.1.2.7.2Dependencias para reuniones y banquetes.
-Sala de usos múltiples subdivisibles
-Depósito para la sala de usos múltiples
-Vestíbulo para la sala de usos múltiples
-Sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias.
-Depósito para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Vestíbulo para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
6.2.1.7.3 Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería Lavandería
-Área de lavado, secado, planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina de Ama de Llaves.
-Cuarto de costura.
-Depósitos.
Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencia.
6.2.1.7.4Piscina y servicios anexos Piscina y servicios anexos Piscina y servicios anexosPiscina y servicios anexosPiscina y servicios anexosPiscina y servicios anexos Piscina y servicios anexos Piscina y servicios anexos Piscina y servicios anexos Piscina y servicios anexosPiscina y servicios anexos Piscina y servicios anexosPiscina y servicios anexosPiscina y servicios anexosPiscina y servicios anexos Piscina y servicios anexosPiscina .
La cual se exigirá en aquellos establecimientos de alojamiento que lo requieran según la modalidad.
En estos casos:
-Deberá preverse una piscina para adultos y otra para niños, o una sola, debidamente diferenciada.
-Deberá existir una entrada de bañistas, hacia el establecimiento, que conduzca directamente al núcleo de la circulación vertical o hacia las habitaciones.
-Deberá tener un núcleo de sanitarios – vestuarios para damas y caballeros.
6.2.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.2.2.1Información de giras y eventos que se realicen en la localidad, así como suministrar su reservación y venta sin cargo adicional.
6.2.2.2Recepción permanente atendida con personal experto y bilingüe (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del día.
6.2.2.3Portero exterior durante las dieciséis (16) horas diarias por lo menos.
6.2.2.4Servicio de taxi las veinticuatro (24) horas del día.
6.2.2.5Encargado de equipajes por turno, y número suficiente de botones, acordes con el movimiento de establecimiento deberá estar en servicio las veinticuatro (24) horas del día.
6.2.2.6Servicio de teles, secretarial y correspondencia durante ocho (08) horas del día.
6.2.2.7Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.2.2.8Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.2.2.9Servicio de primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.2.2.10Servicio de cafetería – fuente de soda, dieciséis (16) horas diarias (desayuno, almuerzo y cena).
6.2.2.11Comedor el cual deberá prestar servicio por lo menos tres (03) horas para almuerzo y para la cena.
6.2.2.12Cartas y menú del servicio de comestibles y bebidas ofrecidos impresos en castellano y otro idioma.
6.2.2.13Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado por este recinto, deberá ofrecerse en otros, tales como: sala de estar, comedor, sala de usos múltiples, áreas exteriores, salas de juego, si las hubiese.
6.2.2.14Barman, metre de hotel y capitanes de bares y comedores bilingües (castellano y otro idioma).
6.2.2.15Servicio de alimentos y bebidas a las habitaciones (Room – Service) las veinticuatro (24) horas del día, entre las doce (12) de la noche y la seis (06) de la mañana podrá haber un menú limitado.
6.2.2.16Máquinas fabricadoras de hielo cada piso.
6.2.2.17Cambio de lencería y toallas en las habitaciones diariamente y cuando se produzca cambio de huésped.
6.2.2.18Proveerse de hielo y agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.2.2.19Servicio de TV a color, ambiente musical y radio, en las habitaciones.
6.2.2.20Teléfono con servicio automático para llamadas internas, externas e internacionales.
6.2.2.21Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.2.2.22Servicio de lavandería y planchado para la ropa de los huéspedes, durante seis días a la semana y dieciséis (16) horas diarias por lo menos.
6.2.2.23Servicio de costura y planchado durante los días y horas de funcionamiento de la lavandería.
6.2.2.24Si hubiese piscina el horario de funcionamiento deberá estar debidamente señalado, en un lugar visible y próximo a la misma.
6.2.2.25Servicio de piscina, el cual dispondrá de salvavidas, durante las horas en que esté funcionando la misma.
6.2.2.26Servicio de alimentación y bebida cercano a la piscina, si la hubiese.
6.3.1.3.Dependencias de los servicios públicos. Comprenderán:
6.3.1.3.1Comedor principal.
6.3.1.3.2Cafetería – fuente de soda con depósito.
6.3.1.3.3Bar separado con depósito.
6.3.1.3.4Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias.
6.3.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.3.1.4.1Oficinas de la Gerencia.
6.3.1.4.2Oficina para las Gerencias Departamentales.
6.3.1.4.3Oficinas de reservaciones y teles.
6.3.1.4.4Primeros Auxilios.
6.3.1.4.5Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones.
6.3.1.4.6Sanitarios para damas y caballeros
6.3.1.5Dependencias de Servicios Generales. Comprenderán:
6.3.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a los huéspedes.
6.3.1.5.2Patio de maniobra con plataforma de carga y descarga para mercancía, control y báscula.
6.3.1.5.3Área de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.3.1.5.4Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.3.1.5.5Oficinas para diferentes departamentos operacionales y administrativos.
6.3.1.5.6Zona de depósitos y almacenes varios.
6.3.1.5.7Depósito de basura hermético.
6.3.1.5.8Depósito de limpieza.
6.3.1.5.9Ascensor de servicio – montacargas: deberá existir un sistema de circulación vertical de servicio, a través de montacargas y escaleras de servicio, los cuales deberán tener una relación directa con las dependencias de servicio y cocina.
6.3.1.5.10La circulación de servicio, tanto horizontal como vertical deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.3.1.5.11Dependencias de la cocina. Comprenderán:
-La zona de cocina principal comprenderán las cocinas frías y calientes, con sus áreas de preparación (carnes, pescados, mariscos, aves, legumbres, salsas y otros) de lavado de vajillas, ollas, de almacenamiento de los mismos, cocción y repostería.
-La capacidad de la cocina principal estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
-Deberán existir cocinas auxiliares de apoyo, que servirán, a las dependencias de reuniones, cuando éstas así lo requieran con eficiente sistema de circulación vertical u horizontal.
-Un comedor para empleados ubicado próximo a la zona de la cocina; su tamaño se calculará de acuerdo al número de empleados y turnos existentes.
-Oficina servicio de habitaciones (Room-Service) anexa al área de cocina.
-El servicio de habitación se deberá comunicar con los servicios de piso (cuarto de camareras) por medio de montacargas, montaplatos, escaleras o ascensores de servicio.
-La despensa diaria comprende un depósito de alimentos, próximo a la cocina principal el cual se abastecerá de las despensa general.
-Cuarto de aseo (limpieza).
6.3.1.5.12Dependencias de mantenimiento:
-Oficina Jefe de Mantenimiento.
-Depósito.
-Talleres varios
6.3.1.6Zona habitacional. Comprenderá:
6.3.1.6.1Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras públicas en cada planta tipo.
6.3.1.6.2Las unidades habitacionales deberán estar conformados por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
-Habitaciones suites.
6.3.1.6.3Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.3.1.6.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared; las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.3.1.6.5Cada habitación deberá contar como mínimo de:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Porta maletas.
-Almohadas
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche con lámpara.
-Papelera.
-Cenicero.
6.3.1.6.6El baño deberá tener las siguientes piezas sanitarias básicas:
-Excusado (W.C)
-Ducha
-Lavamanos
-Ducha manual
-Gabinetes
La totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica, instalación
eléctrica para rasuradora, indicando su tensión.
6.3.1.6.7Los interruptores de luces deberán estar ubicados cerca de la cabecera de la cama, además de otro lugar adecuado de la habitación.
6.3.1.6.8El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con áreas apropiadas para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia.
-Máquina fabricadora de hielo.
-Depósitos de camas adicionales.
-Teléfonos internos.
Esta área deberá tener una relación directa con la circulación de servicio.
6.3.1.7Servicios complementarios. Comprenderán:
6.3.1.7.1Zona Comercial
-Local para la venta de periódicos, revistas y otros servicios.
-Local varios.
6.3.17.2Dependencias para reuniones y banquetes.
-Sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Depósito para sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Vestíbulos para sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.3.1.7.2Lavandería.
Este servicio podrá ser contratado a una empresa. Si es propio del establecimiento deberá cumplir con lo siguientes requisitos:
-Área de lavado, secado, planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina de Ama de Llaves.
-Cuarto de costura.
-Depósitos.
-Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencias.
-Si el servicio de lavandería es contratado, el establecimiento deberá poseer como mínimo, un depósito de ropa sucia y otro de ropa limpia. Ubicados dentro de la zona de depósitos de las dependencias de servicios Generales.
6.3.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.3.2.1Recepción permanentemente atendida, con personal experto y bilingüe (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del día.
6.3.2.2Información de las giras y eventos, que se realicen en la localidad, sin recargo adicional.
6.3.2.3Encargado de equipajes por turno y número suficiente de botones, acordes con el movimiento del establecimiento, deberá estar en servicio las veinticuatro (24) horas del día.
6.3.2.4Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.3.2.5Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.3.2.6Primeros Auxilios.
6.3.2.7Servicio de cafetería – fuente de soda, por lo menos ocho (08) horas del día (desayuno, almuerzo y cena).
6.3.2.8Servicio de comedor por lo menos tres (03) horas, para el almuerzo y para la cena.
6.3.2.9Cartas y menú del servicio de comestibles y bebidas ofrecidos impresos en castellano y otro idioma.
6.3.2.10Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado por este recinto, podría ofrecerse en otros.
6.3.2.11Barman, metre de hotel y capitanes de bares, bilingües (castellano y otro idioma).
6.3.2.12Servicio de alimentación y bebidas a las habitaciones (Room -Service) por lo menos dieciséis (16) horas al día.
6.3.2.13Servicio de hielo en cada piso.
6.3.2.14Cambio de lencería y toallas en las habitaciones diariamente y cuando se produzca cambio de huésped.
6.3.2.15Proveerse de agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.3.2.16TV y teléfono para llamadas internas y externas en las habitaciones.
6.3.2.17Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones.
6.3.2.18Servicio de lavandería, planchado y costura para las ropas de los huéspedes, durante las horas y días laborables.
6.3.2.19Si hubiese piscina, el horario de funcionamiento deberá estar debidamente señalado.
6.3.2.20Servicio de piscina, el cual dispondrá de salvavidas, durante las horas que esté en funcionamiento.
6.3.2.21Servicio de alimentación y bebidas, cercano a la piscina, si la hubiese.
6.4HOTELES DOS (02) ESTRELLAS (**)
6.4.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.4.1.1Estacionamientos. Deberán prestar servicio de estacionamiento para los huéspedes.
6.4.1.2Zona de recepción. Comprenderá:
6.4.1.2.1Una entrada principal.
6.4.1.2.2Cuarto de equipaje.
6.4.1.2.3Vestíbulo y estar principal (lobby), conformado por:
-Sala de estar.
-Teléfonos públicos.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.4.1.2.4Recepción, registro – caja conformada por:
-Mostrador donde se prestarán los servicios mínimos.
6.4.1.2.5Escaleras y ascensores públicos según la capacidad de alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo y entrada principal.
6.4.1.3Dependencias de los servicios públicos. Comprenderán:
-Comedor principal.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.4.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
-Oficinas de la Gerencia.
-Oficinas de la Administración.
-Primeros auxilios.
-Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.4.1.5Dependencias de los Servicios Generales. Comprenderán:
6.4.1.5.1Entrada de servicio peatonal independiente a la de los huéspedes.
6.4.1.5.2Área de control de empleados, vigilancia – seguridad.
6.4.1.5.3Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.4.1.5.4Zona de depósitos y almacenes varios.
6.4.1.5.5Depósito de basura hermético.
6.4.1.5.6Depósito de limpieza.
6.4.1.5.7Las dependencias de la cocina comprenderán:
-El área de preparación, lavado de vajillas, ollas y almacenamiento de los mismos.
Su capacidad estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
6.4.1.5.8.Taller y depósito de mantenimiento.
6.4.1.6Zona habitacional. Comprenderá:
6.4.1.6.1Las unidades habitacionales deberán estar conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
-Habitaciones suites.
6.4.1.6.2Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.4.1.6.3Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared; las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.4.1.6.4Cada habitación deberá contar con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Almohadas.
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche con lámpara.
6.4.1.6.5El baño deberá tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos de baldosas cerámicas.
-Excusado (W.C.).
-Ducha.
-Ducha manual.
-Lavamanos.
6.4.1.6.6Los interruptores de luces deberán estar debidamente ubicados.
6.4.1.6.7El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con área apropiada para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ducto de basura y ropa sucia.
-Depósito de camas adicionales.
6.4.1.7Servicios complementarios. Comprenderán:
6.4.1.7.1Zona comercial.
-Local varios.
6.4.1.7.2Dependencias para reuniones y banquetes.
-Sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Vestíbulos para sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Depósito.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.4.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.4.2.1Recepción permanentemente atendida con personal adiestrado las veinticuatro (24) horas del día.
6.4.2.2Información de las giras y eventos que se realicen en la localidad, sin recargo adicional.
6.4.2.3Disponer de un número suficiente de botones acordes con el movimiento del establecimiento, por lo menos dieciséis (16) horas del día.
6.4.2.4Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.4.2.5Primeros auxilios.
6.4.2.6Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas diarias (desayuno, almuerzo y cena).
6.4.2.7Servicio de desayuno en las habitaciones.
6.4.2.8Cambio de lencería y toallas, diario y cuando se produzca cambio de huésped.
6.4.2.9Proveerse de agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.4.2.10TV. opcional y teléfono para llamadas internas y externas en las habitaciones.
6.4.2.11Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones las veinticuatro (24) horas del día.
6.4.2.12Servicio de lavandería y planchado para las ropas de los huéspedes, dentro de las horas y días laborables.
6.5HOTELES UNA (1) ESTRELLA (*)
6.5.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.5.1.1Estacionamientos. Deberán prestar servicio de estacionamiento para los huéspedes.
6.5.1.2Zona de recepción. Comprenderá:
6.5.1.2.1Una entrada principal.
6.5.1.2.2Vestíbulo y estar principal (lobby), conformado por:
-Salón de estar.
-Teléfonos públicos.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.5.1.2.3Recepción, registro – caja, conformada por un mostrador donde se prestarán los servicios mínimos.
6.5.1.2.4Escaleras y ascensores públicos según la capacidad de alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo y entrada principal.
6.5.1.3Dependencias de los servicios públicos. Comprenderán:
6.5.1.3.1Comedor principal.
6.5.1.3.2Sanitarios para damas y caballeros.
6.5.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.5.1.4.1Oficina de la Gerencia.
6.5.1.4.2Oficina de la Administración.
6.5.1.4.3Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones.
6.5.1.4.4Primeros auxilios.
6.5.1.4.5Sanitarios para damas y caballeros.
6.5.1.5Dependencias de Servicios Generales. Comprenderán:
6.5.1.5.1Entrada de servicio peatonal, independiente a la de huéspedes.
6.5.1.5.2Área de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.5.1.5.3Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.5.1.5.4Zona de depósitos y almacenes varios.
6.5.1.5.5Depósito de basura hermético.
6.5.1.5.6Depósito de limpieza.
6.5.1.5.7Las dependencias de cocina comprenderá el área de preparación, lavado de vajillas, ollas y almacenamiento de los mismos. Su capacidad estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
6.5.1.5.8Taller y depósito de mantenimiento.
6.5.1.6Zona habitacional. Comprenderá:
6.5.1.6.1Las unidades habitacionales deberán estar conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
6.5.1.6.2Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.5.1.6.3Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared; las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.5.1.6.4Cada habitación deberá contar con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Almohadas.
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche con lámpara.
6.5.1.6.5El baño deberá tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredes recubiertas en baldosas cerámica.
-Excusado (W.C).
-Ducha.
-Lavamanos.
6.5.1.6.6Los interruptores de luz deberán estar debidamente ubicados.
6.5.1.6.7El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con área de lencería, cuarto de aseo, lavamopa, ducto de basura y ropa sucia.
-Depósito de camas adicionales.
6.5.2De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.5.2.1Recepción atendida permanentemente con personal adiestrado las veinticuatro (24) horas del día.
6.5.2.2Disponer de un número suficiente de botones, acorde con el movimiento del establecimiento por lo menos dieciséis (16) horas del día.
6.5.2.3Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.5.2.4Primeros auxilios.
6.5.2.6Cambio de lencería y toalla ínter diario o cuando se produzca cambio de huésped.
6.5.2.7Proveerse de agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.5.2.8TV. Opcional en las habitaciones.
6.5.2.9Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones, las veinticuatro (24) horas del día.
6.5.2.10Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas diarias (desayuno, almuerzo y cena).
6.6HOTELES RESIDENCIAS TRES (3) ESTRELLAS (***)
6.6.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.6.1.1Estacionamientos. Comprenderán:
6.6.1.1.1Estacionamiento público: cuya capacidad estará en función, tanto del número de apartamentos del establecimiento, como de las áreas sociales y comerciales que lo conforman.
6.6.1.1.2Zona especial para el estacionamiento de taxis.
6.6.1.1.3Estacionamiento para empleados gerenciales.
6.6.1.1.4Área cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros de entrada), suficiente para parqueo y circulación de vehículos.
6.6.1.2Zona de recepción. Comprenderá:
6.6.1.2.1Una entrada principal.
6.6.1.2.2Entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la anterior, con relación y comunicación directa con el montacargas o ascensor de servicio.
6.6.1.2.3Vestíbulo y estar principal (lobby), conformado por:
-Salón de TV. a color.
-Salones de sofá, sillas y mesas
-Teléfonos públicos con cabinas insonorizadas.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.6.1.2.4La recepción registro – caja conformada por:
-Mostrador de recepción e información.
-Caja, separada de la recepción.
-Cajas de seguridad individuales.
-Mostrador para capitán de botones.
-Cuarto de equipaje con área de maleteros y carritos portamaletas.
6.5.1.6.5El baño deberá tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredes recubiertas en baldosas cerámica.
-Excusado (W.C).
-Ducha.
-Lavamanos.
6.5.1.6.6Los interruptores de luz deberán estar debidamente ubicados.
6.5.1.6.7El servicio de piso (cuarto camareras) deberá contar con área de lencería, cuarto de aseo, lavamopa, ducto de basura y ropa sucia.
-Depósito de camas adicionales.
6.5.2De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.5.2.1Recepción atendida permanentemente con personal adiestrado las
veinticuatro (24) horas del día.
6.5.2.2|Disponer de un número suficiente de botones, acorde con el movimiento del establecimiento por lo menos dieciséis (16) horas del día.
6.5.2.3Estacionamiento gratuito para los huéspedes del estacionamiento.
6.5.2.5Primeros auxilios.
6.5.2.6Cambio de lencería y toalla ínter diario o cuando se produzca cambio de huéspedes.
6.5.2.7Proveerse de agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.5.2.8TV. opcional en las habitaciones.
6.5.2.9Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones, las veinticuatro (24) horas del día.
6.5.2.10Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas diarias (desayuno, almuerzo y cena).
6.6.1.2.5Escaleras y ascensores públicos, según la capacidad de alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo y entrada principal.
6.6.1.2.6En las plantas tipo de apartamentos existirá un hall amoblado adyacente a los ascensores públicos.
6.6.1.3Dependencias de los servicios públicos. Comprenderán:
6.6.1.3.1Cafetería – fuente de soda con depósito.
6.6.1.3.2Bar separado con depósito.
6.6.1.3.3Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias públicas.
6.6.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.6.1.4.1Oficinas de la Gerencia.
6.6.1.4.2Oficinas para las Gerencias departamentales.
6.6.1.4.3Oficina de reservaciones y telex (anexa a la recepción).
6.6.1.4.4Sala para primeros auxilios que conste del equipamiento necesario que permita la asistencia de urgencia.
6.6.1.4.5Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones. Su operación quedará fuera de la vista del público.
6.6.1.4.6Sanitarios para damas y caballeros.
6.6.1.5Dependencias de servicios generales. Comprenderán:
6.6.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.6.1.5.2Patio de maniobra con plataforma de carga y descarga de mercancía, control y báscula.
6.6.1.5.3Área de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.6.1.5.4Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.6.1.5.5Oficinas para los diferentes departamentos operacionales y administración.
6.6.1.5.6Zona de depósitos y almacenes varios.
6.6.1.5.7Depósito de basura refrigerada.
6.6.1.5.8Depósito de basura hermético.
6.6.1.5.9Depósito de limpieza.
6.6.1.5.10Ascensor de servicios o montacargas, existirá un sistema de circulación vertical de servicio, a través de montacargas y escaleras de servicio, los cuales deberán tener una relación directa con las dependencias de servicio.
6.6.1.5.11La circulación de servicio tanto horizontal como vertical, deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.6.1.5.12Las dependencias de mantenimiento estarán conformadas por las áreas de talleres y depósitos que permitan cubrir las necesidades del establecimiento.
6.6.1.6Zona habitacional.
La zona habitacional estará conformada por apartamentos o cabañas, servicios de piso, circulación vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:
6.6.1.6.1Tipología de apartamentos:
-Tipo estudio.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.6.1.6.2Tipología de cabañas:
-De un ambiente.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.6.1.6.3Los apartamentos o cabañas estarán conformados por:
-Habitaciones sencillas y
-Habitaciones dobles o combinación de las mismas.
6.6.1.6.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.6.1.6.5Cada habitación deberá contar con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Mesa de noche con lámpara.
-Dos (02) almohadas.
-Un porta maletas.
-Dos (02) butacas.
-Escritorio – peinadora con silla
-Mesa.
6.6.1.6.6El número de baños depende del número de habitaciones, deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas, cerámica y contarán con la siguiente dotación:
-Excusado (W.C.)
-Bañera con ducha.
-Lavamanos.
-Bidet.
-Ducha manual.
-Gabinetes.
-Dispensador de toallas faciales.
-Punto de electricidad para rasuradora, indicando la tensión.
6.6.1.6.7Deberá disponer de armario empotrado (closet), según el número de habitaciones que posea el apartamento o cabaña.
6.6.1.6.8Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire acondicionado, deberán estar cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar del apartamento o cabaña, debidamente ubicado.
6.6.1.6.9Los apartamentos o cabañas, deberán contar como mínimo con:
-Sala comedor debidamente amoblada.
-Servicio de cocina (kichinett) eléctrica, con dos hornillas, campana extractora de humo, fregadero, refrigerador y gabinetes de cocina.
-Útiles, cristalería, cubiertería, vajilla y lencería.
6.6.1.6.10El servicio de piso (cuarto de camareras), deberá contar con áreas apropiadas para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia, si fuera el caso, y depósito para camas adicionales.
Esta área deberá tener una relación directa con la circulación de servicio.
6.6.1.7Servicios complementarios. Comprenderán:
6.6.1.7.1Zona Comercial: local para la venta de periódicos, revistas y servicios varios.
6.6.1.7.2Dependencias para reuniones y banquetes:
-Sala de usos múltiples subdividible.
-Depósito para la sala de usos múltiples.
-Vestíbulos para la sala de usos múltiples.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.6.1.7.3Lavandería: área de lavado, secado, planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina de Ama de Llaves.
-Cuarto de costura.
-Depósitos.
Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencia.
6.6.1.7.4Piscina y servicios anexos.
La cual se exigirá en aquellos establecimientos de alojamiento que lo
Requieran según la modalidad.
En estos casos:
-Deberá proveerse una piscina para adultos y otra para niños o una sola debidamente diferenciada.
-Deberá existir una entrada de bañistas, hacia el hotel que conduzca directamente al núcleo de circulación vertical o hacia las habitaciones.
-Deberá tener un núcleo de sanitarios – vestuarios para damas y caballeros.
6.6.2De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.6.2.1Recepción permanentemente atendida con personal experto y bilingüe (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del día.
6.6.2.2Servicio de taxi, las veinticuatro (24) horas del día.
6.6.2.3Un encargado de equipaje por turno y un número suficientemente de botones, acorde con el movimiento del establecimiento.
6.6.2.4Servicio de telex.
6.6.2.5Estacionamiento gratuito, para los huéspedes del establecimiento.
6.6.2.6Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.6.2.7Servicio médico las veinticuatro (24) horas del día.
6.6.2.8Cafetería – fuente de soda que preste servicio durante tres (03) turnos diarios de tres (03) horas cada uno como mínimo.
6.6.2.9Cartas y menú del servicio de comestibles y bebidas ofrecidos impresos en castellano y otro idioma.
6.6.2.10Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado en ese recinto, podrá ofrecerse en otros tales como: sala de estar, sala de usos múltiples, áreas exteriores y salas de juego si la hubiesen.
6.6.2.11Barman, metre de hotel y capitanes de bares, bilingües (castellano y otro idioma).
6.6.2.12Cambio diario de lencería y toallas en las habitaciones de los apartamentos y cuando se produzca cambio de huésped.
6.6.2.13Proveerse de agua potable permanente a los apartamentos.
6.6.2.14TV. color, radio y teléfono con servicio automático para llamadas internas, externas e internacionales.
6.6.2.15Servicio de agua fría y caliente en los baños de los apartamentos, durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.6.2.16Servicio de lavandería, planchado y costura para las ropas de los huéspedes, durante ocho (08) horas diarias en los días laborables.
6.6.2.17Si hubiese piscina el horario de funcionamiento deberá estar debidamente señalado, en un lugar visible y próximo a la misma
6.6.2.18Servicio de piscina, el cual dispondrá de salvavidas, durante las horas en que esté en funcionamiento la misma.
6.6.2.19Servicio de alimentación y bebidas cercano a ella, si la hubiese.
6.6.2.20Servicio de proyecciones audiovisuales, en la sala de usos múltiples.
6.7.1.4Oficinas de Administración. Comprenderán:
6.7.1.4.1Oficinas de la Gerencia.
6.7.1.4.2Oficina de la Administración.
6.7.1.4.3Oficina de Reservaciones y Telex (anexa a la recepción).
6.7.1.4.4Primeros auxilios.
6.7.1.4.5Central telefónica automática con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones. Su operación quedará fuera de la vista al público.
6.7.1.4.6Sanitarios para damas y caballeros.
6.7.1.5Dependencias de los Servicios Generales. Comprenderán:
6.7.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a los huéspedes.
6.7.1.5.2Patio maniobra y plataforma de carga y descarga de mercancía, control y báscula.
6.7.1.5.3Área control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.7.1.5.4Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.7.1.5.5Zona de depósitos y almacenes varios.
6.7.1.5.6Depósito de basura, hermético.
6.7.1.5.7Depósito de limpieza.
6.7.1.5.8La circulación de servicio deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.7.1.5.9Las dependencias de mantenimiento. Estarán conformadas por las áreas de talleres y depósitos que permitan cubrir las necesidades del establecimiento.
6.7.1.6Zona habitacional.
La zona habitacional estará conformada por departamentos o cabañas, servicios de piso, circulación vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:
6.7.1.6.1Tipología de Apartamentos:
-Tipo estudio.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.7.1.6.2Tipología de Cabañas:
-De un ambiente.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.7.1.6.3Los apartamentos o cabañas estarán conformados por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles o combinación de las mismas.
6.7.1.6.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.7.1.6.5Cada habitación deberá contar con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Almohadas.
-Porta – maleta.
-Mesa de noche con lámpara.
-Peinadora con silla.
6.7.1.6.6El número de baños depende del número de habitaciones, deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica y contar con la siguiente dotación:
-Excusado (W.C).
-Ducha.
-Lavamanos.
-Ducha manual.
-Gabinete.
-Punto de electricidad para rasuradora indicando tensión.
6.7.1.6.7Deberá disponer de armario empotrado (closet), según el número de habitaciones que posea al apartamento o cabaña.
6.7.1.6.8Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire acondicionado, deberán estar cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar del apartamento o cabaña, debidamente ubicado.
6.7.1.6.9Los apartamentos o cabañas deberán contar como mínimo con:
-Sala comedor debidamente amoblada.
-Servicio de cocina (kitckenette) eléctrica con dos hornillas, campana extractora de humo, fregadero, refrigerador y gabinetes.
-Útiles de cristalería, cubiertería, vajilla y lencería.
6.7.1.6.10El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con áreas apropiadas para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia, si fuera el caso, y depósito de camas adicionales.
6.7.1.7Servicio complementario. Comprende:
Zona comercial conformada por un local para venta de periódicos, revistas, artesanía y varios.
6.7.2De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los servicios De la prestación de los serviciosDe la prestación de los servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.7.2.1Recepción permanentemente atendida, con personal adiestrado, las veinticuatro (24) horas del día.
6.7.2.2Servicio de taxis, las veinticuatro (24) horas del día.
6.7.2.3Un encargado de equipaje por turno y número suficiente de botones, acordes con el movimiento del establecimiento.
6.7.2.4Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.7.2.5Ambiente musical en todos los salones de uso común.
6.7.2.6Primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.7.2.7Cafetería – fuente de soda la cual preste servicio durante tres turnos diarios de tres (03) horas cada uno como mínimo.
6.7.2.8Cartas y menú del servicio de cafetería fuente de soda, ofrecidos impresos en castellano y otro idioma.
6.7.2.9Cambio diario de lencería y toallas de baño en las habitaciones de los apartamentos y cuando se produzca el cambio de huésped.
6.7.2.10TV. y teléfono con servicio automático para llamadas internas, externas e internacionales.
6.7.2.11Servicio de agua fría y caliente en los baños de los apartamentos, durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.7.2.12Servicio de lavandería y planchado para las ropas de los huéspedes durante los días laborables.
6.7.2.13Proveerse de agua potable permanentemente a los apartamentos.
6.7.3 HOTELES RESIDENCIAS UNA (1) ESTRELLA (*)
6.8.1Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos Arquitectónicos
6.8.1.1Estacionamientos, comprenderán:
6.8.1.1.1El estacionamiento público, cuya capacidad estará en función del número de apartamentos del estacionamiento.
6.8.1.2Zona de recepción, comprenderá:
6.8.1.2.1Una entrada principal.
6.8.1.2.2Vestíbulo y estar principal (lobby).
6.8.1.2.3Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.8.1.2.4La recepción, registro – caja conformado por:
-Mostrador de recepción, información y caja.
6.8.1.2.5Escaleras y ascensores públicos según la capacidad del alojamiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo o entrada principal.
6.8.1.2.6Teléfonos públicos.
6.8.1.3Oficinas de Administración, comprenderán:
6.8.1.3.1Oficinas de la Gerencia.
6.8.1.3.2Oficina de la Administración.
6.8.1.3.3Oficina de Reservaciones y Telex (anexa a la recepción).
6.8.1.3.4Primeros auxilios.
6.8.1.3.5Central telefónica automática (anexa a la recepción con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones. Su operación quedará fuera de la vista del público.
6.8.1.3.6Sanitarios para damas y caballeros.
6.8.1.4Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.8.1.4.2Área control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.8.1.4.3Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.
6.8.1.4.4Zona de depósito y almacenes.
6.8.1.4.5Depósito de basura hermético.
6.8.1.4.6Depósito de limpieza.
6.8.1.4.7Taller y depósito de mantenimiento.
6.8.1.4.8Ascensor de servicios o montacargas.
6.8.1.4.9La circulación de servicio tanto horizontal como vertical, deberá plantearse de forma tal que no interfiera con la de los huéspedes.
6.8.1.5Zona habitacional.
La zona habitacional estará conformada por: apartamentos o cabañas, servicios de piso, circulación vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:
6.8.1.5.1Tipología de apartamentos:
-Tipo estudio.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.81.5.2Topología de cabañas:
-De un ambiente.
-De una (01) habitación.
-De dos (02) habitaciones.
6.8.1.5.3Los apartamentos o cabañas estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
6.8.1.5.4Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.8.1.5.5Cada habitación deberá contar con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Almohadas.
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche con lámpara.
6.8.1.5.6. El número de baños dependerá del número de habitaciones, deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica y contar con la siguiente dotación:
-Excusado ( W.C. )
-Ducha.
-Lavamanos.
-Ducha manual
6.8.1.5.7. Deberán disponer de armarios empotrados, (closet) según el número de habitaciones que posea el apartamento.
6.8.1.5.8. Los apartamentos o cabañas de dos o más habitaciones deberán tener como mínimo:
-Sala comedor debidamente amoblado.
-Servicio de cocina (kitchinett) eléctrica, con hornillas, campana extractora de humo, fregadero, gabinete y refrigerador.
-Útiles, cristalería, cubiertería, vajilla y lencería.
6.8.1.5.9. El servicio de piso (cuarto de camareras), deberá contar con:
-Áreas para lencería, útiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura y ropa sucia y depósito de camas adicionales.
6.8.2. De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.8.2.1. Recepción permanente atendida, con personal adiestrado las veinticuatro (24) horas del día.
6.8.2.2. Estacionamiento gratuito para los huéspedes.
6.8.2.3. Primeros auxilios.
6.8.2.4. Cambio de lencería y toallas en las habitaciones de los apartamentos interdiario y cuando se produzca cambio de huésped.
6.8.2.5. Teléfono con servicios para llamadas internas y externas.
6.8.2.6. Servicio de T.V., será opcional.
6.8.2.7. Servicio de agua fría y caliente en los baños de los apartamentos, durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.8.2.8. Proveerse de agua potable permanentemente a los apartamentos.
6.9. MOTELES TRES ( 3 ) ESTRELLAS ( *** )
6.9.1. Arquitectónicos. Arquitectónicos.Arquitectónicos.Arquitectónicos.Arquitectónicos.Arquitectónicos. Arquitectónicos.Arquitectónicos.Arquitectónicos.Arquitectónicos. Arquitectónicos.
6.9.1.1.Estacionamientos, comprenderán:
6.9.1.1.1. Estacionamiento público: cuya capacidad estará en función del número de habitaciones, de las áreas sociales, comerciales y públicas del establecimiento.
6.9.1.1.2. Estacionamiento de taxi y autobuses de turismo.
6.9.1.1.3. Estacionamiento de empleados.
6.9.1.1.4. Área cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros de entrada), suficiente para parqueo y circulación de vehículos.
6.9.1.2.Zona de recepción, comprenderá:
6.9.1.2.1.Una entrada principal.
6.9.1.2.2.Vestíbulo y estar principal (Lobby), conformado por:
-Salón de T.V. a color.
-Salón con sofá, sillas y mesas.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.9.1.2.3.Recepción, Registro-caja, conformado por:
-Mostrador de recepción, información y caja.
-Cajas de seguridad individuales.
-Cuarto de equipaje con área de maleteros y carritos portamaletas.
6.9.1.2.4.Teléfonos públicos con cabinas insonorizadas.
6.9.1.3.Dependencias de los Servicios Públicos, comprenderán:
6.9.1.3.1.Comedor principal.
6.9.1.3.2.Cafetería – Fuente de Soda, con depósito.
6.9.1.3.3.Bar separado, con depósito.
6.9.1.3.4.Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias públicas.
6.9.1.4.Oficinas de Administración, comprenderán:
6.9.1.4.1.Oficinas de gerencia.
6.9.1.4.2.Oficinas para las Gerencias Departamentales.
6.9.1.4.3.Oficina de reservaciones y télex
6.9.1.4.4.Sala para primeros auxilios: Deberá contar con el equipamiento
necesario que permita la asistencia médica de urgencia.
6.9.1.4.5.Central telefónica automática (anexa a la recepción) con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones.
6.9.1.4.6.Sanitarios para damas y caballeros.
6.9.1.5.Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.9.1.5.1.Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.9.1.5.2.Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de mercancía, control y báscula.
6.9.1.5.3.Área control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.9.1.5.4.Vestuarios y sanitarios de empleados para damas y caballeros.
6.9.1.5.5.Estar de empleados.
6.9.1.5.6.Oficinas para los Departamentos Administrativos.
6.9.1.5.7.Zona de depósitos y almacenes varios.
6.9.1.5.8.Depósito de basura, hermético.
6.9.1.5.9.Depósito de basura refrigerada.
6.9.1.5.10 Depósito de limpieza.
6.9.1.5.11Las dependencias de la cocina, comprenderán:
-La zona de cocina principal, conformada por: las cocinas caliente y fría, con sus áreas de preparación (carnes, pescado, mariscos, aves, legumbres, salsas y otros) de lavado de vajillas, ollas, almacenamiento de los mismos y entrega.
-La capacidad de la cocina principal estará en función del número de habitaciones y de áreas a servir.
-Comedor para empleados ubicado próximo a la zona de cocina; su tamaño se calculará de acuerdo al número de empleados y turnos existentes.
-La despensa diaria comprende un depósito de alimentos próximo a la cocina principal, el cual se abastecerá de la despensa general.
-Además de la cocina principal, deberán existir cocinas auxiliares de apoyo que sirvan a las dependencias de reuniones, fiestas y banquetes cuando estas así lo requieran con un eficiente sistema de circulación vertical y horizontal.
-Cuarto de aseo (limpieza).
6.9.1.5.12 Las dependencias de mantenimiento estarán conformadas por las áreas de talleres y depósitos que permitan cubrir las necesidades del establecimiento.
6.9.1.6.Zona habitacional.
La zona habitacional deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
6.9.1.6.1.Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
-Habitaciones suites.
6.9.1.6.2.Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.9.1.6.3.Las cabañas serán:
-De un ambiente.
-De una habitación
-De dos habitaciones
6.9.1.6.4.Las cabañas estarán conformadas por habitaciones sencillas o dobles o combinación de las mismas.
6.9.1.6.5.Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared; y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.9.1.6.6.Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Dos (2) almohadas.
-Portamaletas.
-Dos butacas.
-Mesa.
-Escritorio
-Peinadora con silla
-Mesa de noche con lámpara.
6.9.1.6.7.El baño deberá tener la totalidad de sus pisos y paredes cubiertos con baldosas cerámica y deberá contar como mínimo con la siguiente dotación:
-Excusado (W.C.)
-Bañera con ducha
-Lavamanos
-Bidet
-Ducha manual
-Dispensador de toallas faciales.
-Gabinetes.
-Punto de electricidad indicando tensión.
6.9.1.6.8.Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire acondicionado, deberán estar ubicados cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar de la habitación.
6.9.1.6.9.El servicio de piso (cuarto de camareras), deberá contar con áreas apropiadas para lencerías, útiles de limpieza, lavamopas, excusado
(W.C.), lavamanos, teléfonos internos, área para máquina fabricadora de hielo, depósito de camas adicionales.
6.9.1.7.Servicios complementarios comprenderán:
6.9.1.7.1.Zona comercial, conformada por:
-Local para la venta de periódicos, revistas y otros servicios.
-Local de artesanía.
-Local varios.
6.9.1.7.2.Dependencias para reuniones y banquetes, conformadas por:
-Sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Vestíbulo de la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Depósito para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.9.1.7.3.Lavandería, comprenderá:
-Zona de lavado, secado planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina de ama de llaves.
-Cuarto de costura.
-Depósito.
6.9.1.7.4.Piscina y servicios anexos, la cual se exigirá en aquellos Moteles que lo requieran según la modalidad.
En estos casos:
-Deberá preveerse una piscina para adultos y otra para niños, o una sola debidamente diferenciada.
-Deberá preveerse la circulación de los bañistas de la piscina directamente hacia las habitaciones sin pasar por las áreas de recepción y servicios.
-Núcleo de sanitarios vestuarios para damas y caballeros.
6.9.2.De la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los Servicios De la prestación de los Servicios De la prestación de los ServiciosDe la prestación de los Servicios De la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los ServiciosDe la prestación de los Servicios De la prestación de los Servicios De la prestación de los Servicios De la prestación de los Servicios De la prestación de los ServiciosDe la prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.9.2.1.Recepción permanentemente atendida, con personal experto y bilingüe (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del día.
6.9.2.2.Servicio de vigilancia las veinticuatro (24) horas del día.
6.9.2.3.Servicio de taxi las veinticuatro (24) horas de día.
6.9.2.4.Servicio de télex, secretarial y correspondencia durante ocho (8) horas al día.
6.9.2.5.Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.9.2.6.Ambiente musical en todas las áreas de uso común.
6.9.2.7.Servicio médico las veinticuatro (24) horas del día.
6.9.2.8.Servicio de comedor, por lo menos durante las tres (3) horas para el almuerzo y la cena.
6.9.2.9.Cafetería-Fuente de Soda con servicio durante dieciséis (16) horas del día (desayuno, almuerzo, cena).
6.9.2.10.Cartas y menú de servicio de comestibles y bebidas, ofrecidos impresos en castellano y otro idioma..
6.9.2.11.Servicio de bar, sin perjuicio de ser proporcionado en esta en este recinto, podrá ofrecerse en otros, tales como, sala de estar, comedor, sala de fiestas-reuniones y banquetes, áreas de exteriores y salas de juegos si las hubiese.
6.9.2.12.Barman, Metre de hotel y Capitanes de bares y comedores, deberán ser bilingües (castellano y otro idioma).
6.9.2.13.Servicio de alimentación y bebidas a las habitaciones (room service) las veinticuatro (24) horas del día. Entre las doce (12) de la noche y seis (6) de la mañana, podrá haber un menú limitado.
6.9.2.14.Servicio de hielo o fabricadoras de hielo (cuarto de camareras).
6.9.2.15.Cambio de lencería en las habitaciones diariamente y cuando se produzca cambio de huéspedes.
6.9.2.16.Proveerse de hielo y agua fría potable, permanentemente a las habitaciones.
6.9.2.17.T.V. a color y teléfono con servicio automático para llamadas internas, externas e internacionales con auxiliares en el baño, en todas las habitaciones.
6.9.2.18.Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones, durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.9.2.19.Servicio de habitación ininterrumpidamente las veinticuatro (24) horas del día.
6.9.2.20.Servicio de lavandería, planchado y costura para la ropa de los huéspedes durante seis (6) días a la semana y a razón de dieciséis (16) horas diarias.
6.9.2.21.Si hubiese piscina, el horario de funcionamiento deberá estar debidamente señalado, en un lugar visible y próximo a la misma.
6.9.2.22.Servicio de piscina, dispondrá de salvavidas durante las horas en que esté en funcionamiento la misma.
6.9.2.23.Servicio de alimentación y bebidas cercano a la piscina, si la hubiese.
6.10MOTELES DOS (2) ESTRELLAS (**)
6.10.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.10.1.1Estacionamientos comprenderán:
6.10.1.1.1Estacionamiento público cuya capacidad estará en función del número de habitaciones de las áreas sociales, comerciales y públicas del establecimiento.
6.10.1.1.2Área cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros de entrada), suficiente para parqueo y circulación de vehículos.
6.10.1.2Zona de recepción, comprenderá:
6.10.1.2.1Una entrada principal.
6.10.1.2.2Vestíbulo y Estar principal (Lobby), conformado por:
-Salón con sofá, sillas y mesas.
-Teléfonos públicos.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.10.1.2.3 Recepción, Registro-Caja, conformado por:
-Mostrador de Recepción, información y caja
6.10.1.3Dependencias de los Servicios Públicos, comprenderán:
6.10.1.3.1Comedor principal.
6.10.1.3.2 Sanitarios para damas y caballeros.
6.10.1.4Oficinas de Administración, comprenderán:
6.10.1.4.1Oficinas de Gerencia.
6.10.1.4.2 Oficina de Reservaciones y Télex.
6.10.1.4.3 Oficinas de la Administración.
6.10.1.4.4 Primeros auxilios.
6.10.1.4.5 Central telefónica automática con comunicación interna a todas las dependencias y habitaciones.
6.10.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.
6.10.1.5Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.10.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.10.1.5.2 Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de mercancías, control y báscula.
6.10.1.5.3 Área de control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.10.1.5.4 Vestuario y sanitarios para damas y caballeros.
6.10.1.5.5 Zona de depósitos y almacenes varios.
6.10.1.5.6 Depósito de basura hermético.
6.10.1.5.7Depósito de limpieza.
6.10.1.5.8 Las dependencias de la cocina, comprenderán:
-La zona de cocina comprenderá la cocina fría y caliente, con sus áreas de preparación (carnes, pescados, mariscos, aves, legumbres, salsas y otros) de lavado de vajillas, ollas, almacenamiento de los mismos y entrega.
-La capacidad de la cocina deberá estar en función del número de habitaciones y del área a servir.
-Comedor para empleados ubicado próximo a la zona de cocina; su tamaño será de acuerdo al número de empleados y turnos existentes.
-La despensa diaria comprende un depósito de alimentos, próximo a la cocina principal, el cual abastecerá de la despensa general.
-Cuarto de aseo (limpieza).
6.10.1.5.9 Las dependencias de mantenimiento: Estarán conformadas por las áreas de talleres y depósitos.
6.10.1.6Zona habitacional
La zona habitacional deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
6.10.1.6.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
-Habitaciones suites.
6.10.1.6.2Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.10.1.6.3Las Cabañas serán:
-De un ambiente.
-De una habitación.
-De dos habitaciones.
6.10.1.6.4Las cabañas estarán conformadas por habitaciones sencillas, dobles o combinación de las mismas.
6.10.1.6.5 Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.10.1.6.6 Cada habitación deberá contar, como mínimo, con:
-Camas (individuales o matrimonial).
-Almohadas.
-Portamaletas.
-Mesa de noche con lámpara.
-Peinadora con silla.
6.10.1.6.7El baño deberá tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertas con baldosas cerámica y deberá contar, como mínimo, con la siguiente dotación:
-Ducha.
-Lavamanos.
-Excusado (W.C.)
-Ducha Manual.
-Gabinetes.
6.10.1.6.8Los interruptores de luces, ambiente musical y radio deben estar ubicados cerca de la cabecera de la cama, o en otro lugar de la habitación.
6.10.1.6.9 El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con:
-Área de lencería.
-Útiles de limpieza.
-Lavamopas.
-Área para máquina fabricadora de hielo.
-Teléfonos internos.
-Depósito para camas adicionales.
6.10.1.7 Servicios complementarios, comprenderán:
6.10.1.7.1 Zona comercial, conformada por:
-Local para la venta de periódicos, revistas y otros servicios.
-Local varios.
6.10.1.7.2 Dependencias para reuniones y banquetes, conformadas por:
-Sala de fiestas y reuniones y banquetes.
-Vestíbulo de la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Depósito de la sala de fiestas, reuniones y banquetes.
-Sanitarios para damas y caballeros.
6.10.1.7.3 Lavandería, comprenderá:
Este servicio podrá ser contratado a una empresa especializada. Si es propio del establecimiento deberá cumplir con lo siguiente:
-Zona de lavado, secado, planchado, selección y suministro (zona de trabajo).
-Oficina del ama de llaves.
-Depósitos.
-Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencia.
-Si el servicio de la lavandería es contratado, el establecimiento deberá contar con un depósito de ropa sucia y otro de ropa limpia, ubicados dentro de la zona de depósitos de las Dependencias de Servicios Generales.
6.10.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.10.2.1Recepción atendida, permanentemente con personal experto las veinticuatro (24) horas del día.
6.10.2.2Servicio de vigilancia las veinticuatro (24) horas del día.
6.10.2.3Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.10.2.4Ambiente musical en las áreas de uso común.
6.10.2.5Primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.10.2.6Comedor, ofreciendo tres (3) turnos de comida diaria, durante las tres (3) horas al día para el desayuno, almuerzo y cena.
6.10.2.7Servicio de habitación (room service) deberá funcionar por lo menos dieciséis (16) horas al día.
6.10.2.8Servicio de hielo o fabricadores de hielo en los cuartos de camareras.
6.10.2.9Cambio de lencería en las habitaciones diariamente y cuando se produzca cambio de huésped.
6.10.2.10Proveerse de agua fría potable, permanentemente a las habitaciones.
6.10.2.11T.V. y teléfono con servicio automático para llamadas internas y externas, en las habitaciones.
6.10.2.12Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones durante las veinticuatro (24) horas del día.
6.11MOTELES UNA (1) ESTRELLA (*)
6.11.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.11.1.1Estacionamientos, comprenderán:
6.11.1.1.1Estacionamiento público, cuya capacidad estará en función del número de habitaciones de las áreas sociales, comerciales y públicas del establecimiento.
6.11.1.2Zona de Recepción, comprenderá:
6.11.1.2.1Una entrada principal.
6.11.1.2.2Vestíbulo y estar principal (Lobby), conformado por:
-Sala de Estar.
-Teléfonos públicos
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.11.1.2.3Recepción, Registro – Caja, conformada por:
-Mostrador de Recepción, información y caja.
6.11.1.3Dependencias de los Servicios Públicos, comprenderán:
6.11.1.3.1Cafetería – Fuente de Soda.
6.11.1.3.2 Depósito de la Cafetería – Fuente de Soda.
6.11.1.3.3 Sanitarios para damas y caballeros.
6.11.1.4Oficinas de Administración, comprenderán:
6.11.1.4.1Oficinas de la Gerencia.
6.11.1.4.2 Oficina de Reservaciones y Télex.
6.11.1.4.3Oficinas de la Administración.
6.11.1.4.4 Primeros auxilios.
6.11.1.4.5 Central Telefónica automática.
6.11.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.
6.11.1.5Dependencias de Servicios generales, comprenderán:
6.11.1.5.1Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de huéspedes.
6.11.1.5.2 Zona de carga y descarga.
6.11.1.5.3 Área control de empleados, vigilancia y seguridad.
6.11.1.5.4 Vestuarios y sanitarios para damas y caballeros.
6.11.1.5.5 Zona de depósitos y almacenes varios.
6.11.1.5.6 Depósito de basura hermético.
6.11.1.5.7 Depósito de Limpieza.
6.11.1.5.8 Las dependencias de mantenimiento, estarán conformadas por las áreas de talleres y depósitos.
6.11.1.6Zona habitacional.
La zona habitacional deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
6.11.1.6.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas.
-Habitaciones dobles.
6.11.1.6.2Las habitaciones deberán contar con baño privado y armario empotrado (closet).
6.11.1.6.3 Las Cabañas serán:
-De un ambiente.
-De una habitación.
-De dos habitaciones.
6.11.1.6.4Las cabañas estarán conformadas por habitaciones sencillas y dobles o combinación de las mismas.
6.11.1.6.5 Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.11.1.6.6 Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales o matrimonial)
-Almohadas.
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche con lámpara.
6.11.1.6.7El baño deberá tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica y deberá contar, como mínimo, con las siguientes dotaciones:
-Excusado (W.C.)
-Ducha.
-Lavamanos.
6.11.1.6.8 Los interruptores de luces deberán estar debidamente ubicados.
6.11.1.6.9 El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con:
-Área de lencería.
-Útiles de limpieza.
-Lavamopas.
-Depósito de camas adicionales.
6.11.1.7.Servicios complementarios, comprenderán:
6.11.1.7.1Zona comercial, conformada por un local varios.
6.11.1.7.2Lavandería, comprenderá:
Este servicio podrá ser contratado a una empresa especializada. Si es propio del establecimiento, deberá cumplir con lo siguiente:
-Zona de lavado, secado, planchado, selección y suministro (área de trabajo).
-Oficina del ama de llaves.
-Depósitos.
Los equipos de lavandería deberán mantener las máximas condiciones de seguridad y eficiencia.
Si el servicio de lavandería es contratado, el establecimiento deberá contar con un depósito de ropa sucia y otra de ropa limpia ubicados dentro de la zona de depósitos de las dependencias de servicios generales.
6.11.2De la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de Servicios De la Prestación de Servicios De la Prestación de ServiciosDe la Prestación de Servicios De la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de ServiciosDe la Prestación de Servicios De la Prestación de Servicios De la Prestación de Servicios De la Prestación de ServiciosDe la Prestación de Servicios
Se deberán prestar los siguientes servicios:
6.11.2.1Recepción atendida permanentemente las veinticuatro (24) horas del día.
6.11.2.2Servicio de vigilancia las veinticuatro (24) horas del día.
6.11.2.3Estacionamiento gratuito para los huéspedes del establecimiento.
6.11.2.4Servicio de primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.11.2.5Servicio de Cafetería – Fuente de Soda, durante nueve (9) horas diarias (desayuno, almuerzo, cena).
6.11.2.6Servicio de hielo o fabricadora de hielo (cuarto de camareras).
6.11.2.7Cambio de lencería en las habitaciones diariamente y cuando se produzca cambio de huésped.
6.11.2.8Proveerse de agua fría potable permanentemente a las habitaciones.
6.11.2.9Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones durante veinticuatro (24) horas de día.
6.12PENSIONES DOS (2) ESTRELLAS (**)
6.12.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.12.1.1Zona de Recepción, comprenderá:
6.12.1.1.1Una entrada principal
6.12.1.1.2Vestíbulo y Estar Principal (Lobby), conformado por:
-Un salón con sofá, sillas, mesas y T.V.
-Teléfono público.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
1.3 La Recepción Registro – Caja, conformada por:
-Mostrador para la recepción, registro y caja.
-Guarda maleta.
6.12.1.1.3Ascensores públicos según las exigencias del establecimiento ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo o entrada principal.
6.12.1.2Dependencias de los Servicios Públicos, comprenderán:
6.12.1.2.1Comedor principal
6.12.1.2.2Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.12.1.3Oficinas de Administración, comprenderán:
6.12.1.3.1Oficinas del Administrador.
6.12.1.3.2Secretaría y Archivo.
6.12.1.3.3Primeros auxilios.
6.12.1.4Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.12.1.4.1Entrada de servicio (peatonal).
6.12.1.4.2Área control de empleados.
6.12.1.4.3Vestuarios y sanitarios de empleados para damas y caballeros
6.12.1.4.4Zona de depósitos y almacenes varios
6.12.1.4.5Depósito de basura hermético.
6.12.1.4.6Depósito de limpieza.
6.12.1.4.7Las dependencias de la cocina serán:
-La zona de la cocina comprenderá las cocinas fría y caliente, con sus áreas de preparación, de lavado de vajillas, ollas, de almacenamiento de los mismos, de cocción y de entrega.
-La capacidad de la cocina estará en función del número de habitaciones y del área a servir.
-La zona de los depósitos y almacenes varios, se ubicarán próximos a la cocina.
-Cuarto de aseo (limpieza).
4.8 Zona de mantenimiento conformada por:
-Depósito general.
-Taller general de mantenimiento.
6.12.1.5Zona habitacional, comprenderá:
6.12.1.5.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas sin baño.
-Habitaciones sencillas con baño.
-Habitaciones dobles sin baño
-Habitaciones dobles con baño
6.12.1.5.2.Las habitaciones deberán contar con armario empotrado (closet).
6.12.1.5.3.Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de luz externa.
6.12.1.5.4.Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales o matrimonial)
-Almohadas.
-Peinadora con silla.
-Mesa de noche.
6.12.1.5.5.Los baños podrán ser:
-Privados, con la siguiente dotación:
Excusado (W.C.)
Ducha.
Lavamanos.
-Colectivos o comunes para damas y caballeros, con la siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Duchas.
Lavamanos.
Urinarios.
6.12.1.5.6.Los baños de las habitaciones deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica.
6.12.1.5.7.El área de servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con:
-Área de lencería.
-Útiles de limpieza y lavamopas.
6.12.1.6Servicios complementarios, comprenderán:
-Lavandería. Este servicio podrá ser contratado y si es propio del establecimiento, deberá contar con:
Zona de lavadoras.
Zona de secadoras.
Zona de planchado.
Depósitos para ropa sucia y limpia.
-Si el servicio es contratado, deberá disponer de un área para depósito de ropa sucia y limpia.
6.12.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
6.12.2.1Recepción atendida permanentemente las veinticuatro (24) horas del día.
6.12.2.2Comedor ofreciendo tres (3) turnos de comidas, diario, durante tres (3) horas consecutivas cada uno.
6.12.2.3Proveerse de agua fría potable diariamente a las habitaciones.
6.12.2.4Cambio de lencería y toallas en las habitaciones, deberá hacerse diariamente y cuando se produzca cambio de huésped.
6.12.2.5Servicio de agua fría y caliente en los baños de las habitaciones las veinticuatro (24) horas del día.
6.12.2.6Servicio de primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.13PENSIONES UNA (1) ESTRELLA (*)
6.1.3.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.13.1.1Zona de Recepción, comprenderá:
6.13.1.1.1.Una entrada principal
6.13.1.1.2.Vestíbulo y Estar Principal (Lobby), conformado por
-Un salón con sofá y sillas.
-Teléfono Público.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.13.1.1.3.La Recepción-Registro-Caja, conformada por:
-Mostrador para el registro y caja
6.13.1.1.4 Ascensores públicos según las exigencias del establecimiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo o entrada principal.
6.13.1.2Dependencia de los Servicios Públicos, comprenderán:
6.13.1.2.1 Comedor principal.
6.13.1.2.2Sanitarios para damas y caballeros.
6.13.1.3Oficinas de Administración, comprenderán:
6.13.1.3.1Oficinas del administrador
6.13.1.3.2Primeros auxilios.
6.13.1.4.Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.13.1.4.1Control de empleados.
6.13.1.4.2Vestuarios y sanitarios de empleados para damas y caballeros..
6.13.1.4.3Zona de depósitos y almacenes varios.
6.13.1.4.4Depósitos de basura, hermético.
6.13.1.4.5Depósito de limpieza.
6.13.1.4.6Las dependencias de la cocina serán:
-La zona de cocina comprenderá las áreas de preparación, lavado de vajillas, ollas, almacenamiento de las mismas, de cocción y entrega.
-La capacidad de la cocina estará en función del número de habitaciones y del área de servir.
-La zona de los depósitos y almacenes varios se ubicarán próximos a la cocina
-Cuarto del aseo (limpieza).
6.13.1.4.7.Depósito general.
6.13.1.5Zona habitacional, comprenderá:
6.13.1.5.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas sin baño.
-Habitaciones sencillas con baño.
-Habitaciones dobles sin baño.
-Habitaciones dobles con baño.
6.13.1.5.2Las habitaciones deberán contar con armario empotrado (closet).
6.13.1.5.3Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permita cortar el paso de la luz externa.
6.13.1.5.4Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales o matrimonial)
-Almohadas.
-Mesa de noche.
6.13.1.5.5Los baños podrán ser:
-Privados, con la siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Duchas
Lavamanos.
-Colectivos o comunes para damas y caballeros, con la siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Duchas.
Lavamanos.
Urinarios.
6.13.1.5.6Los baños de las habitaciones deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica.
6.13.1.5.7El servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con áreas apropiadas para lencerías, útiles de limpieza y lavamopas.
6.13.1.6Servicios complementarios, comprenderán:
-Lavandería. Este servicio podrá ser contratado y si es propio del establecimiento, deberá contar con:
-Zona de lavadoras.
-Zona de secadoras.
-Zona de planchado.
-Depósitos para ropa sucia y limpia.
Si el servicio es contratado, deberá disponer de un área para depósitos de ropa sucia y limpia.
6.13.2En la Prestación de los Servicios
En la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los Servicios En la Prestación de los Servicios En la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los Servicios En la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los Servicios En la Prestación de los Servicios En la Prestación de los Servicios En la Prestación de los Servicios En la Prestación de los ServiciosEn la Prestación de los ServiciosEn 6.13.2.1.Recepción atendida permanentemente las veinticuatro (24) horas del día
6.13.2.2.Comedor ofreciendo tres (3) turnos de comidas diario durante tres (3) horas consecutivas cada uno.
6.13.2.3.Proveerse de agua fría potable diariamente a las habitaciones.
6.13.2.4.Cambio de lencerías y toallas en las habitaciones deberá hacerse interdiario y cuando se produzca cambio de huésped.
6.13.2.5.Servicio de agua será permanente en los baños de las habitaciones. El servicio de agua caliente será ofrecido por lo menos durante doce (12) horas al día.
6.13.2.6.Servicio de primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.14.HOSPEDAJE DOS (2) ESTRELLAS (**)
6.14.1Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.14.1.1.Zona de Recepción, comprenderá:
6.14.1.1.1Una entrada principal.
6.14.1.1.2Vestíbulo y Estar Principal (Lobby) conformado por:
-Salón con sofá, sillas, mesas y T.V.
-Teléfono público.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.14.1.1.3La Recepción, Registro-Caja, conformado por:
-Mostrador para Registro y Caja.
-Guarda maletas.
6.14.1.1.4Ascensores públicos según las exigencias del establecimiento, ubicados adyacentes a la recepción, vestíbulo o entrada principal.
6.14.1.2Oficinas de Administración, comprenderá:
-Oficinas del Administrador.
-Primeros auxilios
6.14.1.3Dependencias de servicios Generales, comprenderán:
6.14.1.3.1Control de empleados.
6.14.1.3.2Vestuarios y sanitarios para damas y caballeros.
6.14.1.3.3Zona de depósitos generales.
6.14.1.3.4Depósito de basura hermético
6.14.1.3.5Depósito de limpieza.
6.14.1.3.6Depósito general.
6.14.1.4Zona habitacional.
Las unidades habitacionales deberán cumplir, como mínimo con los siguientes requisitos:
6.14.1.4.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas sin baño.
-Habitaciones sencillas con baño.
-Habitaciones dobles sin baño
-Habitaciones dobles con bañol.
-Habitaciones colectivas o comunes.
6.14.1.4.2Las habitaciones deberán contar con armario empotrado (closet).
6.14.1.4.3Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.14.1.4.4Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales, matrimonial o literas).
-Almohadas.
-Mesa de noche.
6.14.1.4.5Los baños podrán ser:
-Privados, con siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Ducha.
Lavamanos.
-Colectivos o comunes para damas y caballeros, con la siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Duchas.
Lavamanos
Urinarios.
6.14.1.4.6Los baños de las habitaciones deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica.
6.14.1.4.7El área de servicio de piso (cuarto de camareras) deberá contar con:
-Área de lencería
-Útiles de limpieza.
-Lavamopas.
6.14.1.5.Servicios complementarios, comprenderán:
-Lavandería: Este servicio podrá ser contratado y si es propio del establecimiento, deberá contar con:
Zona de lavadoras.
Zona de secadoras
Zona de planchado.
Depósito para ropa sucia y limpia.
Si es contrato deberá disponer de un área para depósito de ropa sucia y limpia.
6.14.2De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los Servicios De la Prestación de los ServiciosDe la Prestación de los Servicios
6.14.2.1Recepción atendida permanentemente las veinticuatro (24) horas del día.
6.14.2.2Proveerse de agua fría potable diariamente, a las habitaciones.
6.14.2.3Servicio de agua permanentemente en los baños de las habitaciones.
El servicio de agua caliente será ofrecido por lo menos durante doce (12) horas al día.
6.14.2.4Primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.15HOSPEDAJE DE UNA (1) ESTRELLA (*)
6.15.1.Arquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicosArquitectónicos ArquitectónicosArquitectónicos
6.15.1.1.Zona de Recepción, comprenderá:
6.15.1.1.1Una entrada principal
6.15.1.1.2Vestíbulo y Estar principal (Lobby), conformado por:
-Salón amoblado
-Teléfono público.
-Sanitarios públicos para damas y caballeros.
6.15.1.1.3La Recepción, Registro-Caja conformada por:
-Mostrador para registro y caja.
-6.15.1.1.4 Ascensores públicos según las exigentes del establecimiento, ubicados adyacentes a la recepción o vestíbulo o entrada principal.
6.15.1.2Oficinas de Administración, comprenderán:
6.15.1.2.1Oficina del Administrador.
6.15.1.2.2Primeros auxilios.
6.15.1.3Dependencias de Servicios Generales, comprenderán:
6.15.1.3.1Control de empleados.
6.15.1.3.2Vestuarios y sanitarios de empleados para damas y caballeros.
6.15.1.3.3Zona de depósitos generales.
6.15.1.3.4Depósito de basura hermético.
6.15.1.3.5Depósito de limpieza.
6.15.1.3.6Depósito general.
6.15.1.4Zona habitacional.
Las unidades habitacionales deberán cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
6.15.1.4.1Las unidades habitacionales estarán conformadas por:
-Habitaciones sencillas sin baño.
-Habitaciones sencillas con baño.
-Habitaciones dobles sin baño.
-Habitaciones dobles con baño.
- Habitaciones colectivas o comunes.
6.15.1.4.2Las habitaciones deberán contar con armario empotrado (closet).
6.15.1.4.3Las habitaciones deberán tener un piso con acabado de pared a pared y las ventanas dotadas de protección que permitan cortar el paso de la luz externa.
6.15.1.4.4Cada habitación deberá contar como mínimo con:
-Camas (individuales, matrimonial o literas).
-Almohadas.
-Mesa de noche.
6.15.1.4.5Los baños podrán ser:
-Privados con la siguiente dotación:
Excusado (W.C.)
Ducha.
Lavamanos.
-Colectivos o comunes para damas y caballeros, con la siguiente dotación:
Excusados (W.C.)
Duchas.
Lavamanos.
Urinarios.
6.15.1.4.6Los baños de las habitaciones deberán tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cerámica.
6.15.1.4.7El área de servicio de piso (cuarto de camarera) deberá contar con:
-Área de lencería.
-Útiles de limpieza y lavamopas.
6.15.1.5.Servicios Complementarios, comprenderán:
-Lavandería: Este servicio podrá ser contratado y si es propio del establecimiento deberá contar con:
Zona de lavadoras
Zona de secadoras
Zona de planchado.
Depósito para ropa sucia y limpia.
Si es contratado deberá disponer de un área para depósito de ropa sucia y limpia.
6.15.2De la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los servicios De la Prestación de los servicios De la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los servicios De la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los servicios De la Prestación de los servicios De la Prestación de los servicios De la Prestación de los servicios De la Prestación de los serviciosDe la Prestación de los servicios
6.15.2.1Recepción atendida permanentemente las veinticuatro (24) horas del día.
6.15.2.2Proveerse de agua fría potable diariamente a las habitaciones.
6.15.2.3Servicio de agua será permanente en los baños de las habitaciones. El servicio de agua caliente ofrecido por lo menos durante ocho (8) horas al día.
6.15.2.4Primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del día.
6.16ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES.
Los requisitos mínimos que deberán cumplir estos establecimientos serán fijados por el organismo competente.
7 IDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACION IDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACIONIDENTIFICACION
Para la identificación de los establecimientos de alojamiento turístico, se deberá colocar unan placa metálica esmaltada en la entrada principal de acuerdo a lo especificado en el Anexo A1.
B I L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A F AB I B L O G R A
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